Fiscal no recibió denuncia contra Daniel Pérez Fierro (40) y Marcelino Vicente Palacios Barja (44), chofer y copiloto de la empresa de transportes Palomino. (América TV)
Redacción EC

La violación de una terramoza enfrenta desde ayer a la Policía Nacional y Ministerio Público, pues ambas instituciones se responsabilizan por la liberación del chofer y copiloto acusados del aberrante hecho. Esta vez, la titular la fiscalía a donde fueron llevados los detenidos dio su versión de lo ocurrido.

Fanny Uribe Tapahuasco, encargada de la 23 Fiscalía Provincial Penal de Lima, negó que los fiscales actuaran con negligencia y responsabilizó a la Depincri La Victoria – San Luis por, según dijo a América TV, no presentar los documentos probatorios de la violación.

“No contaban las pericias, la cadena de custodia, la documentación permitente ¿Cómo es que yo podía abocarme al caso?”, señaló.

Pese a que el examen del médico legista confirmó el abuso sexual y que Daniel Pérez Fierro (40) y Marcelino Vicente Palacios Barja (44) confesaran –ellos alegan que fueron relaciones “consentidas” –, Uribe Tapahuasco asegura que no se había determinado con precisión que eran violadores.

“Se necesita prueba idónea porque nadie puede vulnerar el debido proceso, todos tienen derecho a la defensa. Ellos aceptaron, pero eso tenía que ser cotejado con pericias”, agregó.

Respecto a la víctima, la fiscal titular aseguró que no la desamparó pues ordenó que sea trasladada a su oficina. No obstante, la fiscal adjunta Karina Toledo Wong, quien empezó a recibir la declaración de la joven, paralizó todo al percatarse de que los hechos ocurrieron en Nasca.

Uribe Tapahuasco también asegura que el plazo de flagrancia ya había concluido y que no existía una papeleta de detención. Esto derivó en que Toledo Wong no definiera la situación legal de Daniel Pérez Fierro y Marcelino Vicente Palacios y ellos fueran liberados.

Cabe indicar que, según explicó Eliana Revollar, adjunta para los Derechos de la Mujer de la Defensoría del Pueblo, la fiscal que estaba en la obligación de atender el caso por tratarse de un delito ocurrido en un medio de transporte público. “De acuerdo Código de Procedimiento Penal, artículo 22, es competente el fiscal del lugar donde llega la unidad móvil. Si el conductor es el imputado y la policía lo detiene, ella tenía la obligación de investigar”, declaró ayer a Canal N.

Anoche, el Ministerio Público dispuso que la Oficina de Control Interno de Lima inicie un procedimiento disciplinario contra la fiscal Uribe y otros tres magistrados del mismo despacho.

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