(Foto: El Comercio)
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Redacción EC

A fines de noviembre del año pasado, el Congreso de la República aprobó en segunda votación la Ley que promueve y regula el uso de bicicletas como medio de transporte sostenible, en el que se establecen diversas funciones y actividades por parte del Estado y del sector privado.

Sin embargo, el Poder Ejecutivo realizó una serie de observaciones a la autógrafa de Ley que fue enviada el 10 de enero para la evaluación y promulgación del presidente Martín Vizcarra. El oficio N° 024-2019-PR que detalla las observaciones fue recibido por Poder Legislativo el 31 de enero. En total son 14 puntos que serán debatidos por los congresistas.


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- Día libre por uso de bicicleta -
Uno de los puntos a debatir es referido al incentivo laboral de un día libre por el uso de bicicleta como medio de transporte para acudir al centro laboral.

El artículo 9 de la Autógrafa de Ley señala que "Los servidores públicos reciben una jornada laboral libre remunerada por cada 45 veces que certifiquen haber asistido al centro de labores en bicicleta".

Sobre ello, el Poder Ejecutivo señala que es necesario contar con un análisis de costo beneficio. "Tendría que haberse sustentado adecuadamente el parámetro de 45 asistencias al centro de labores en bicicleta", indica el oficio. Para ello se debe evaluar costos y gastos que genera al Estado, a involucrados y afectados, por el impacto económico que pudiera generar el otorgamiento de este beneficio.

- Mayor presupuesto -
Otro de los puntos que resalta el oficio del Poder Ejecutivo gira en torno al presupuesto para la implementación de la norma que "puede demandar recursos adicionales al Tesoro Público, generando gasto público". Según el Ejecutivo, algunas acciones no están previstas en el Presupuesto del Sector Público para el presente año fiscal, y puede generar gasto permanente.

El documento se refiere a obras de infraestructura vial y planificación urbana por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la implementación de un sistema de monitoreo para el INEI, las conmemoraciones por el "Día Nacional de la Bicicleta" en organismos públicos, actividades promocionales, implementación progresiva de estacionamientos, etc.

"Resulta necesario especificar sobre el financiamiento de dicho gasto, y contar, como requisito para el inicio del trámite de la Autógrafa de Ley, con una evaluación presupuestal que demuestre la disponibilidad de los créditos presupuestarios", señala el Poder Ejecutivo.

- Choque de funciones y antecedente -
Entre las observaciones también se advierte que la Autógrafa de Ley interviene en funciones del MTC y del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS). Según la norma, el MTC elabora e implementa políticas públicas de diseño de obras de infraestructura vial y planificación urbana y rural a favor del uso de la bicicleta.

En este sentido, el Gobierno señaló que el artículo 2 de la Autógrafa de Ley debe ser debidamente concordado con la normativa sectorial que establece que el MVCS es ente rector en materia de Desarrollo Urbano y el MTC es competente de manera exclusiva en materia de infraestructura de transporte. Estas competencias son compartidas con los gobiernos regionales y locales.

Por otro lado, también se señala que no está en las funciones del INEI realizar un sistema de monitoreo, como se señala en la Ley. Esto conlleva a la necesidad de contar con un sistema de GPS, lo que genera la necesidad de contar un con un mayor presupuesto.

Además, remarca que la Ley N° 29593 ya establece el rol del Estado respecto al uso de la bicicleta como medio de transporte sostenible, seguro, popular, ecológico, económico y sostenible. Esta norma fue publicada el 8 de octubre del 2010, en el suplemento de Normas Legales, con la firma del presidente Alan García. Se declaró el uso de bicicletas de interés nacional.

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