La aplicación de multas por parte de la Municipalidad de San Isidro estaban previstas para este 11 de diciembre. (Foto: GEC)
La aplicación de multas por parte de la Municipalidad de San Isidro estaban previstas para este 11 de diciembre. (Foto: GEC)
/ DPD
Redacción EC

La Municipalidad de amplió por 13 días hábiles adicionales el periodo de suspensión de multas para quienes incumplan con la ordenanza que regula el uso de scooters eléctricos en el referido distrito. El pasado 20 de noviembre, que según la norma debía empezar la aplicación de multas desde los S/420, la comuna dispuso la primera prorroga del periodo educativo por 15 días que culminó este miércoles.

Según el Decreto de Alcaldía , publicada en el diario El Peruano, la medida se aplicará para culminar las campañas de difusión y sensibilización sobre el uso adecuado de los vehículos de movilidad personal.

“[…] Sin embargo, estando próximo a vencer el plazo de suspensión para la aplicación de las infracciones contenidas en el Anexo I de la Ordenanza N° 507-MSI, esto es el 11 de diciembre de 2019, se ha identificado algunas intersecciones y zonas que no han sido intervenidas con dichas campañas; motivo por el cual, resulta necesario ampliar en trece (13) días hábiles dicho plazo, a fin de completar las campañas en todo el distrito, conforme al detalle señalado en el informe del visto;”, refiere.

El decreto precisa que la Subgerencia de Movilidad Urbana, Gerencia de Sostenibilidad; Subgerencia de Participación Vecinal, Subgerencia de Tránsito y demás unidades orgánicas se encargarán del cumplimiento de lo dispuesto, de acuerdo a sus competencias.

El pasado 6 de octubre fue publicada la Ordenanza N° 507-MSI que estableció 45 días de tolerancia que servirán no solo para fines educativos, sino principalmente para adecuar la infraestructura del distrito.

La norma exige que los usuarios de los scooters eléctricos las aparquen solo en berma laterales o estaciones de bicicletas. Quienes las dejen en lugares donde obstaculicen el libre tránsito serán sancionados con multas que van desde los S/420, equivalente al 10% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

De esta manera la ordenanza prohíbe dejar estos vehículos de movilidad personal frente a rampas, sobre áreas verdes o ciclovías. Tampoco pueden bloquear los ingresos a viviendas.

También se establece que los usuarios deben limitar la velocidad a los 25km/h, el uso de casco, transitar solo por ciclovías o por el carril derecho de la pista.

Las multas serán impuestas por personal de la Subgerencia de Fiscalización de la Municipalidad de San Isidro. En caso, el usuario infractor se negara a la intervención, la empresa que alquiló el vehículo deberá proporcionar a la comuna sus datos para que se le notifique la papeleta.

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