Taxi en motos: un servicio informal y peligroso a domicilio.
Taxi en motos: un servicio informal y peligroso a domicilio.
Redacción EC

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones () publicó un decreto supremo que busca frenar el servicio ilegal de ‘taxi’ en moto y establece disposiciones sobre el bloqueo de aplicativos y/o páginas web que lo ofrecen.

El dispositivo legal aparece luego de que la campaña # de El Comercio demostrara que la aplicación móvil Picap, que ofrece este servicio, recluta a sus choferes sin constatar que saben conducir o si tienen licencia o SOAT. El Comercio también reveló cómo se organizan los conductores de esta app en un chat de WhatsApp donde compartían información personal de sus pasajeras, se ponían de acuerdo para invadir paraderos informales con armas y hasta difundían presunta pornografía infantil.

Se trata del D.S Nº 035-2019-MTC “que precisa disposiciones sobre el Servicio de Transporte Público de Personas en Vehículos Menores No Autorizados y establece disposiciones sobre el bloqueo de aplicativos y/o páginas web”.

Picap no realiza ningún filtro sobre el estado de la licencia de conducir de los choferes que acepta. (Anthony Niño de Guzmán)
Picap no realiza ningún filtro sobre el estado de la licencia de conducir de los choferes que acepta. (Anthony Niño de Guzmán)

En la norma se aclara que, conforme al Reglamento Nacional de Administración de Transporte y la Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, la prestación del servicio de transporte de personas en taxi solo puede ser brindado en vehículos de la categoría M1 (autos) y L5 (mototaxis).

Por ello, se dispuso la prohibición del servicio de taxi a través de motocicletas lineales y con sidecar (asiento de una rueda enganchado al costado de la motocicleta), ya que por su fragilidad pueden atentar contra la vida y seguridad de las personas.

Asimismo, se prohibió que este servicio se realice con aplicativos, autorizando a efectuar bloqueos de aplicativos y páginas web que oferten y presten el servicio de transporte público de personas en motos.

—Bloqueo de aplicativos y y/o páginas web—

La norma precisa que las autoridades competentes en materia de fiscalización del servicio de transporte deben informar a la Dirección General de Políticas y Regulación de Transporte Multimodal la existencia de aplicativos y/o páginas web que oferten y/o presten servicios de transporte público de pasajeros en motos.

Con dicha información, la dirección solicitará el bloqueo, “con la periodicidad que estime pertinente”, a la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, la cual hará lo propio a los proveedores de servicios de internet.

El Comercio reveló cómo se organizan conductores de Picap a través de un chat de WhatsApp donde hablan de invadir paraderos autorizados, acoso a pasajeras y hasta difunden presunta pornografía infantil.
El Comercio reveló cómo se organizan conductores de Picap a través de un chat de WhatsApp donde hablan de invadir paraderos autorizados, acoso a pasajeras y hasta difunden presunta pornografía infantil.

Por último, los proveedores de servicios de internet notificados con el requerimiento tienen la obligación de bloquear los aplicativos y páginas web en el plazo señalado por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones.

“#NoTePases”

—Fiscalización—

La Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones informa también a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones para que, en un máximo de 30 días hábiles luego de recibido el requerimiento de bloqueo, fiscalice el cumplimiento de la medida.

—Sanción—

Se considera una infracción muy grave el incumplimiento o cumplimiento extemporáneo del bloqueo de aplicativos y páginas web requerido por la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones, de acuerdo con la normativa correspondiente.

Según declaró José Aguilar, director de políticas y regulaciones en comunicaciones del MTC, con la norma se permite al Viceministerio de Comunicaciones solicitar a los operadores de telefonía limitar la descarga de aplicaciones en el Perú que ofrezcan este servicio prohibido. “Era necesario la precisión. La ley de banda ancha dice que los operadores de telefonía no pueden bloquear apps, salvo que sea expresamente prohibido. Solo se puede bloquear una app en cumplimiento de una normativa específica que prohíba el servicio”, dijo a El Comercio.

Los operadores que no cumplan la solicitud del MTC podrían recibir una multa de hasta 350 UIT, equivalente a 1′470.00 soles.

—Mototaxis—

La Ley de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores considera apto para el servicio de transporte público de pasajeros en vehículos menores, mototaxis y similares, complementario y auxiliar, a aquellas unidades de tres ruedas, motorizadas y no motorizadas, especialmente acondicionadas para el transporte de personas o carga.

El MTC sí permite el servicio de taxi en vehículos de la categoría L5 (mototaxis). (Foto: El Comercio)
El MTC sí permite el servicio de taxi en vehículos de la categoría L5 (mototaxis). (Foto: El Comercio)

Cabe precisar que para prestar este servicio de transporte público el vehículo menor de tres ruedas debe estar equipado con los dispositivos e instrumentos de seguridad y cumplir con las demás características que determine la municipalidad correspondiente.

—Debate sobre el decreto —

Especialistas en materia tecnológica han cuestionado el decreto del MTC. Para el abogado en temas informáticos Óscar Montezuma, los filtros y bloqueos digitales del gobierno “deben ser excepcionales a fin de evitar la arbitrariedad”.

Erick Iriarte, abogado especializado en tecnología, considera que la solución para erradicar esta modalidad del transporte no es limitar las apps, sino fiscalizar las inconductas de las propias personas involucradas en el servicio: choferes y clientes.

—¿Taxis aéreos?—

El ministro de Transportes y Comunicaciones, Edmer Trujillo, aclaró que el servicio de taxis en helicóptero sí está autorizado por su cartera.

“El servicio de transporte aéreo es un servicio 100% formal, totalmente regulado y fiscalizado por la Dirección General de Aeronáutica Civil del MTC”, dijo a Canal N.

— Licencias —

A inicios de la semana, el MTC informó que se incorporó al Sistema Nacional de Conductores (SNC) las licencias que emiten las municipalidades provinciales para manejar motocicletas y mototaxis (Clase B).

En la plataforma informática del SNC se registra información sobre los procedimientos para obtener una licencia de conducir nueva, revalidarla, recategorizarla o tramitar el duplicado. Con esta incorporación, el MTC visualizará los resultados de las evaluaciones realizadas por cada postulante, el lugar donde rinden sus exámenes, los puntos acumulados en su record de conductor, la vigencia de las licencias y los impedimentos para obtenerlas, entre otros datos relevantes.

De esta forma, el ministerio podrá controlar cada una de las etapas del proceso de otorgamiento de licencias para motos y mototaxis.

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