En tanto se espera el desenlace de la devolución de hasta S/4.300 para los aportantes activos e inactivos al Sistema Nacional de Pensiones (SNP), los jubilados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) recibirán el pago de una retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083, equivalente a una remuneración mínima vital de S/ 930 soles, así lo dio a conocer el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
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En ese sentido, el Ejecutivo publicó el Decreto de Urgencia N° 137-2020, que autoriza transferencias de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a favor del MEF para que este financie, entre otras cosas, el referido abono.
Según se dio a conocer el pago de este bono para los jubilados peruanos se realizará la misma oportunidad en la que se realizan los depósitos de sus pensiones, evitándose así la generación de un cronograma y de canales alternativos para dicho pago; y, sobre todo, evitar que los pensionistas deban hacer colas adicionales a las que normalmente realizan.
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¿CUÁNDO SERÁ DEPOSITADO EL BONO PARA JUBILADOS?
De acuerdo con la norma, el pago de la retribución extraordinaria se efectuará en enero del 2021.
En tanto, el MEF señaló que se destinarán S/ 527.7 millones para el cumplimiento del pago de la retribución extraordinaria a los pensionistas de la ONP.
¿CÓMO SERÁ EL PAGO DEL BONO DE 930 SOLES A LOS JUBILADOS?
Con el fin de evitar la aglomeración, la creación de un cronograma y canales alternativos como se ha venido haciendo en la entrega del BFU, el Gobierno dispuso que la entrega de los 930 soles se haga el mismo día en que los pensionistas del Decreto Ley N° 19990 cobran su pensión mensual.
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¿Y CUÁNDO COMENZARÍA LA DEVOLUCIÓN DE LA ONP?
La devolución de los aportes podría comenzar en la segunda parte del primer trimestre de 2021; es decir, en el mes de febrero, según dijo Violeta Bermúdez en diálogo con RPP. “Habría que mirar bien las fechas, pero sería aproximadamente durante la segunda parte del primer trimestre, si seguimos los plazos que establece la ley”, apuntó.
Cabe señalar que el Ejecutivo tendrá un plazo de 15 días hábiles para definir el procedimiento del depósito, el mismo que será evaluado por la ONP en máximo 30 días hábiles calendario para dar su aprobación.
Asimismo, de acuerdo con lo señalado por la primera ministra, el depósito será en dos armadas: el primer depósito se hará luego de aprobarse la solicitud, en los próximos 30 días calendario. El resto se entregaría en los siguientes 90 días calendario.
“Estamos comentando estas fechas a modo aproximado solo para informar a las personas. Como Ejecutivo, vamos a publicar un procedimiento y cronograma hacia finales de diciembre, ahí estarán indicados con claridad los plazos”, anotó Bermúdez en dicha entrevista.