Recuerda: no está permitido el empleo de vehículos particulares para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras (Foto: GEC)
Recuerda: no está permitido el empleo de vehículos particulares para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras (Foto: GEC)
/ HUGO CUROTTO
Redacción Mag

Tras la ampliación del estado de emergencia hasta el 10 de mayo en todo el país, el Gobierno peruano dispuso que las personas que necesiten transitar durante la cuarentena por motivos laborales, deben hacerlo con un pase personal, pero si a su vez necesitan movilizarse en un vehículo propio, podrán hacerlo siempre y cuando cuenten con un pase vehicular.

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En ese sentido, los ministerios del Interior y Defensa dieron a conocer que desde este jueves 30 de abril entrará en vigencia el que deberán tramitar todas aquellas personas que ya cuenten con el y requieran trasladarse en vehículos.

¿Cómo? Los ciudadanos que necesiten solo deben seguir unos poco pasos de manera online. Eso sí, para aplicar al permiso debes estar comprendido dentro de las actividades laborales permitidas por el Gobierno durante la emergencia nacional, pues solo podrás transitar hacia el lugar asignado para realizar tus labores.

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Nuevo pase vehicular rige desde este jueves. (GEC/Foto referencial)
Nuevo pase vehicular rige desde este jueves. (GEC/Foto referencial)

Cabe mencionar que el , que no se extiende para compra de alimentos u otros productos de primera necesidad, seguirá rigiendo de acuerdo a las normas estipuladas mientras dure el Estado de Emergencia. Asimismo, este pase no autoriza el uso de vehículos particulares.

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¿CÓMO SOLICITAR EL NUEVO PASE VEHICULAR POR CUARENTENA?

Para solicitar el pase vehicular online, sigue el siguiente procedimiento:

  1. Ingresa al portal web:
  2. Unad vez entro, tendrás que colocar tu número de DNI y la fecha de emisión
  3. A continuación, completa la información personal requerida
  4. Posteriormente, ingresa el motivo del pase (trabajo en producción, abastecimiento, establecimiento de salud, medio de comunicación, etc.)
  5. En la parte final de la ventana, completa la información de tu centro de trabajo.
  6. Finalmente, ingresa la placa de tu vehículo, marca el casillero “Declaración” para aceptar que la información brindad es verídica, y dale clic en “Solicitar”.

IMPORTANTE: Si ya tienes un pase vehicular solo debes renovarla .

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Si sigues todos los pases correctamente, te saldrá este mensaje (Foto: Gob.pe)
Si sigues todos los pases correctamente, te saldrá este mensaje (Foto: Gob.pe)

¿QUÉ VEHÍCULOS PUEDEN TRANSITAR DURANTE LA CUARENTENA?

Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público, empleando los siguientes medios de transporte: camiones, furgonetas, camionetas pick up y camionetas panel.

Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.

Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.

Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, limpieza y recojo de residuos sólidos.

Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.

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Durante el estado de emergencia está prohibido el tránsito de personas, a menos que tengan un pase personal laboral (Foto: Andina)
Durante el estado de emergencia está prohibido el tránsito de personas, a menos que tengan un pase personal laboral (Foto: Andina)

Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.

Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).

Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros.

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¿QUIÉNES PUEDEN SACAR EL PASE VEHICULAR?

Aquellas personas que ya cuenten con el Pase Personal Laboral y requieran trasladarse en vehículos, podrán gestionar un Pase Vehicular en el mismo enlace del Pase Personal Laboral.

Asimismo, las personas que transiten en vehículo, además de llevar el Pase Vehicular visible en el parabrisas delantero, deberán portar su Pase Personal Laboral, su fotocheck y su DNI.

Los miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, Instituto Nacional Penitenciario y Bomberos en ejercicio de sus funciones podrán circular con vehículos particulares debidamente identificados.

Las personas que requieren asistir a establecimientos de Salud para atención médica de emergencia por encontrarse en grave riesgo, podrán circular con su vehículo particular.

Cabe resaltar que no está permitido el empleo de vehículos particulares para la adquisición de productos alimenticios, compra de medicamentos o realizar transacciones financieras.

Finalmente, durante la inmovilización social obligatoria y en casos de emergencia, los vehículos deberán transitar con las luces interiores e intermitentes encendidas, a una velocidad no mayor de 30 km/h.

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