El 23 de julio de 2023 se celebrarán elecciones generales en España, convocadas por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez, en las que se deberá elegir al Congreso de los Diputados y al Senado. Para la jornada es clave la participación de los miembros de mesa y aquí te informamos la manera en la que sabrás si saliste sorteado y qué pasa si no cumples con este deber.
Más de 37,4 millones de personas han sido convocadas a los comicios, según cifras del Instituto Nacional de Estadística (INE). De ellas, 35,1 millones residen en España y 2,3 millones (que representan el 6,6%) en el extranjero.
La Ley Electoral establece que los cargos de presidentes o vocales de una mesa electoral son obligatorios. Es importante recordar que en las últimas municipales y autonómicas se instalaron 60,576 mesas electorales y cada una debía estar compuesta por un presidente y dos vocales.
¿CUÁNDO SABRÉ SI FUI SORTEADO COMO MIEMBRO DE MESA PARA LAS ELECCIONES DEL 23J?
El sorteo de las mesas de las elecciones del 23 de julio se realizará entre el 22 y el 28 de junio, informa La Moncloa. Posteriormente, la Junta Electoral de Zona enviará las notificaciones a los ciudadanos seleccionados en sus domicilios en un plazo de tres días. “El periodo de notificación de las designaciones se extenderá hasta el 1 de julio. Junto con la notificación, se entrega el Manual de Instrucciones para los Miembros de las Mesas Electorales”, se indica.
En los comicios anteriores notificaron a 545,184 personas, de las cuales solo un tercio (181.728) tuvo que cumplir con su obligación. Y es que se convoca a un total de nueve personas (3 titulares y 6 suplentes) para cada mesa electoral, como medida preventiva, pero en realidad esta debe ser conformada por un presidente y dos vocales.
¿QUÉ BENEFICIOS TIENEN LOS MIEMBROS DE MESA?
Los presidentes y vocales, así como los suplentes que resulten designados como miembros titulares de la mesa de sufragio, tienen derecho a:
- Percibir una dieta. Será de 70 euros.
- Una reducción de su jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
- Protección por el sistema de la Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones.
¿QUÉ PASA SI NO CUMPLO COMO MIEMBRO DE MESA ELECTORAL?
SI saliste sorteado para ser miembro de mesa y no te presentas en la jornada del 23 de julio para participar de manera activa en la jornada electoral, debes saber que la Ley Electoral establece duras sanciones. “El presidente o la presidenta, los y las vocales y suplentes que no acudan a desempeñar sus funciones incurrirán en pena de prisión de 3 meses a un año o multa de 6 a 24 meses”, indica la norma.
¿CÓMO PUEDO PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN PARA NO SER MIEMBRO DE MESA?
Desde que recibas tu notificación, tendrás siete días para alegar ante la Junta Electoral de Zona correspondiente una causa justificada y documentada que te impida aceptar el cargo. La Junta Electoral de Zona analizará si acepta o rechaza las alegaciones de impedimento o excusa.
La Junta Electoral Central ha determinado las causas personales, familiares y profesionales que se pueden alegar para no formar parte de las Mesas electorales.
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¿CÓMO SE DIVIDEN LOS DÍAS FESTIVOS EN ESPAÑA?
En España el total de días no laborales no puede superar los 14 días festivos al año, el reparto quedaría así:
- 8 días festivos nacionales.
- 4 días festivos regionales elegidos por las comunidades autónomas.
- 2 días festivos locales elegidos por los ayuntamientos.
NOTA: Para ajustarse a esos límites de los 14 días, las comunidades autónomas tienen libertad para sustituir ciertos días festivos por otros de ámbito local en los que celebrar las fiestas patronales. La lista detallada está en el portal web de la Administración General del Estado.