Acabado el plazo que tenía el Poder Ejecutivo para respaldar u observar la ley que permite el retiro del 25% de los fondos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), el Congreso de la República decidió promulgar la autógrafa de ley y remitir el texto al Ejecutivo para su enumeración y publicación en el diario oficial El Peruano.
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Una vez publicada en El Peruano, la ley entrará en vigencia al día siguiente. A partir de allí, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendrá quince días para reglamentar la ordenanza y terminado el plazo iniciar con el registro de solicitudes del retiro por parte de los aportantes.
Como se recuerda, del 6 al 29 de abril, le presidente de la República tenía plazo para respaldar u observar el proyecto del congreso, pero en su última conferencia de prensa, Martín Vizcarra no optó por ninguno de esos dos caminos, sino que anunció la presentación de un proyecto de reforma integral de las AFP y un decreto que permitirá el retiro de 3 mil soles adicionales por parte de los aportantes.
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Dicho esto, una de las interrogantes de los aportantes gira en torno a los decretos que el mandatario ha venido aprobando como beneficio para los aportantes de las AFP y esta nueva ley aprobada por el Legislativo. ¿Qué pasará ahora? ¿Se podrá realizar ambos retiros? A continuación algunos detalles a tomar en cuenta.
¿QUÉ PASARÁ AHORA CON EL RETIRO DE HASTA S/3,000?
Por el momento, el Poder Ejecutivo no ha emitido ningún pronunciamiento respecto a la ley aprobada por inasistencia del Pleno del Congreso. Sin embargo, horas antes, en conferencia de prensa, el presidente Vizcarra señaló que su planteamiento no se sumaba al proyecto presentado por el Congreso.
Sin embargo, cabe mencionar que el Decreto de Urgencia anunciado el día 29 de abril por el mandatario no se ha publicado aún en el diario oficial El Peruano, por lo queda en suspenso el retiro en tres meses hasta S/3,000 adicionales a los S/2,000 iniciales.
Por otro lado, la presente ley no deroga, suspende o sustituye otras normas vigentes que establecen medidas relacionadas al retiro total o parcial de los fondos a cargo de las AFP. Por tanto, los beneficiarios del Decreto de Urgencia 34-2020, que aprobó el Poder Ejecutivo y autorizó el retiro excepcional de hasta S/ 2,000 de la cuenta individual de AFP, podrán acogerse a la presente norma, pero se descontará la suma recibida y se mantendrá el tope de las 3 UIT.
Asimismo, también podrán acogerse a la norma los beneficiarios del Decreto de Urgencia 38-2020, que incluía la posibilidad de retiro de hasta S/ 2,000 a los trabajadores comprendidos en una suspensión perfecta de labores, que sus ingresos sean menor o igual a S/ 2,400 y que no hayan aportado hasta el último mes.
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¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY APROBADA POR EL CONGRESO?
La Ley aprobada por el Legislativo permitirá que los afiliados a las AFP retiren el 25% de sus fondos, con un retiro mínimo S/4,300 (1 UIT) y un máximo de S/12,900 (3 UIT).
En cuanto a la entrega de estos fondos, se dividirá en dos. El afiliado podrá retirar el 50% de su monto a los 10 días de presentada la solicitud y el otro 50% pasados 30 días del primer retiro.
Si un aportante tiene en su fondo un monto menor del equivalente a una UIT podrá retirar el 100% en un solo pago.
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¿LA LEY BUSCA ENFRENTAR AL LEGISLATIVO CON EL EJECITUVO?
Tras la promulgación de la autógrafa de ley, el primer vicepresidente del Congreso, Luis Valdez descartó algún tipo de enfrentamiento contra el Poder Ejecutivo con esta decisión e indicó que, en esta coyuntura de lucha contra el coronavirus, "todas las instituciones deben estar más unidas".
“Quiero aclarar que el Congreso de la República tiende nuevamente los puentes de diálogo y concertación con todos los poderes del Estado; este retiro de dinero tendrá un efecto positivo para las familias que quieren pagar sus obligaciones y de esta manera no romper la cadena de pago”, aseguró.
A su turno, la tercera vicepresidenta María Teresa Cabrera, añadió que al vivir en democracia, "no todos piensan igual" y el hecho que haya una discrepancia en este tema del retiro de fondos de la AFP, "no se puede catalogar como un enfrentamiento”, añadió.
“El Congreso está dispuesto a trabajar por todos ustedes, hemos otorgado las facultades que nos solicitó el Poder Ejecutivo, entonces, ¿de qué enfrentamiento se podría hablar?, de ninguna manera vamos a ser un Congreso obstruccionista”, dijo.
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¿CUÁL ES LA POSICIÓN DE LA AFP AL RESPECTO?
Días antes de la aprobación, la Asociación de AFP se mostró en contra de esta iniciativa parlamentaria, alegando que dicha medida “únicamente agravará la inminente recesión económica previsible tras la cuarentena por el brote de COVID-19 y, posteriormente, generará el quiebre de la seguridad social y del ahorro previsional”.
“Liberar 25% de los fondos (S/ 38,009 millones) supone entregar, para sectores que no son precisamente los más vulnerables, y para gastos corrientes de corto plazo, 10 veces más de lo que ha dispuesto el gobierno con fondos públicos, lo cual es desproporcionado”, refirió la Asociación de AFP.
El gremio indica además que esta medida implicaría retirar ese dinero de otros sectores de la economía que lo necesitan con mayor urgencia para superar la crisis.
“Los fondos de pensiones son el principal inversionista institucional del Perú, con S/ 80,000 millones invertidos en el país: S/ 30,000 millones en bonos del gobierno, otros S/ 30,000 millones en el mercado de capitales y S/ 20,000 millones en el sistema financiero. Retirar de la noche a la mañana el 25% de esas inversiones sería descapitalizar abruptamente al Estado, las empresas y los bancos cuando más se requiere liquidez y crédito; las tasas de interés se dispararían”, acotó.
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REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA DE PENSIONES
El Poder Ejecutivo envió al Congreso de la República el miércoles 29 de abril un proyecto de ley para la reforma integral de los sistemas de pensiones, tanto el privado (AFP) como el público (ONP). Esta propuesta tiene por objetivo crear una comisión mixta encargada de formular una propuesta para una reforma integral del Sistema Nacional de Pensiones y el sistema privado de administración de fondos de pensiones.
El proyecto de ley incluirá la evaluación de la sostenibilidad fiscal, la suficiencia de las pensiones (pensión mínima), la evolución demográfica y la cobertura universal de la población. Además, la comisión remitirá un anteproyecto de ley de reforma de los sistemas de pensiones al Congreso en un plazo no mayor de 180 días calendario, contados a partir de su instalación.
Al respecto, la Asociación de AFP manifestó su respaldo a la reforma integral del sistema de pensiones, en línea con lo anunciado por Vizcarra. “Reiteramos nuestra posición y coincidimos con nuestras autoridades -Poder Ejecutivo y Poder Legislativo- en impulsar de manera inmediata una reforma integral del sistema de pensiones, público y privado, para mejorarlo y fortalecerlo en beneficio de millones de afiliados, a fin de que reciban una pensión significativa al momento de su jubilación”, señaló.
“En los últimos cuatro años planteamos, en 12 ocasiones, propuestas de reforma ante el Gobierno, el Congreso de la República, diversos organismos internacionales y los medios de comunicación dado que, desde la creación del sistema en 1993, el país no ha logrado vencer la informalidad económica y, por el contrario, son cada vez menos los peruanos que acceden a un empleo formal que les permita aportar de manera sostenida para una jubilación de calidad”, agregó.
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