¿Quiénes están incluidos en el sexto retiro de la AFP? El pleno del Congreso aprobó por una abrumadora mayoría el dictamen de la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera del Congreso que permite un nuevo retiro de fondos del Sistema Privado de Pensiones (SPP). ¿Sabes qué falta para que se convierta en ley y cómo se haría el depósito?
MÁS INFORMACIÓN: Hasta qué monto podrías retirar y cuánto queda en tu fondo de AFP
El Pleno del Congreso aprobó -la noche del 4 de mayo 2022- el proyecto de ley por 107 votos a favor, 8 en contra y 2 abstenciones. El documento había sido aprobado el pasado el 12 de abril por el mencionado grupo de trabajo y tiene como fin paliar la crisis económica derivaba de la pandemia del coronavirus, a la que se ha sumado el alza de precios de los combustibles y productos de primera necesidad por la guerra entre Rusia y Ucrania.
Ahora el trámite debe seguir su conducto regular y, de aprobarse la norma, será el sexto retiro de los fondos de las AFP. El primer retiro fue aprobado en el 2020 a un dictamen que permite un nuevo retiro para los afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP). ¿Sabes cuánto dinero se puede disponer en el sexto retiro de la AFP?
MÁS INFORMACIÓN: Así será el acceso a los fondos hasta por S/18,400
¿QUIÉNES PODRÁN SACAR PARTE DE SUS FONDOS EN EL SEXTO RETIRO DE LAS AFP?
De acuerdo con el dictamen de la comisión de Economía, respaldado por el Pleno del Congreso, todos los afiliados a las AFP, que no estén edad de jubilación, podrán realizar el retiro de los fondos.
La medida también excluye a los que retiraron hasta 95.5% de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) y los afiliados acogidos al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (Reja).
MÁS INFORMACIÓN: Lo que falta para que puedas solicitar hasta S/18,400 de tu AFP
¿CUÁNTO DINERO SE PODRÁ SACAR EN EL SEXTO RETIRO DE FONDOS DE LA AFP?
El proyecto de ley autoriza a los afiliados a las AFP a retirar hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) de su fondo de pensiones, lo que equivale S/18,400. De aprobarse la medida, el desembolso se realizaría en tres partes y cada 30 días.
MÁS INFORMACIÓN: Sexto retiro de AFP agregaría hasta 4,5 puntos a la inflación anual
¿CÓMO SE PODRÍA REALIZAR EL SEXTO RETIRO DE LOS FONDOS DE LA AFP?
Una vez que se convierta en ley, la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tiene 15 días para establecer el procedimiento técnico para el sexto retiro. El dictamen propone que el desembolso sea en tres partes. Así:
- Primera parte: Una UIT (S/4,600) 30 días después de aprobada la solicitud.
- Segunda parte: Una UIT (S/4,600)30 días después de la entrega del primer monto.
- Tercera parte: Dos UIT (S/9,200) 30 días después de la segunda entrega.
¿QUÉ FALTA PARA QUE SE APRUEBE EL SEXTO RETIRO DE FONDOS DE LAS AFP?
Para que se puede acceder a un nuevo retiro de fondos, se deben cumplir los siguientes:
- Una vez aprobada, la autógrafa de ley aprobada debe ser enviada al Presidente de la República para su promulgación dentro del plazo de 15 días útiles. Si no tiene observaciones, el Presidente de la República promulga la ley, ordenando su publicación en el diario Oficial El Peruano.
- Si el Ejecutivo presenta alguna observación a la proposición aprobada por el Congreso, tiene 15 días para presentadas al Legislativo.
- Si vencido el plazo de 15 días el Presidente de la República no promulga la proposición de ley enviada, la promulga la presidencia del Congreso.
¿CUÁNDO SE CONVERTIRÁ EN LEY EL SEXTO RETIRO DE FONDOS DE LA AFP?
El sexto retiro de los aportes a las AFP, se convertiría en una ley desde el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición distinta de la misma ley que establezca un mayor período de vacatio legis en todo o en parte.
¿CUÁNTO DINERO YA SE HA RETIRADO DE LOS FONDOS DE LAS AFP?
El superintendente adjunto de AFP de la SBS, Elio Sánchez, señaló que los aportantes al Sistema Privado de Pensiones retiraron casi S/66,000 millones, con las cinco normas emitidas para enfrentar el impacto de la pandemia del covid-19. Afirmó que el 45% del monto retirado ha sido realizado por personas que estaban trabajando.
- S/ 2,966 millones con el Decreto de Urgencia 34-2020.
- S/ 19,647 millones bajo la Ley 31017.
- S/ 2,094 millones con el Decreto de Urgencia 38-2020.
- S/ 9,016 millones gracias a la Ley 31068.
- S/ 32,200 millones con la Ley 31192.
¿QUÉ PROPONÍA EL DICTAMEN DE LA COMISIÓN DE TRABAJO?
La Comisión de Trabajo del Congreso aprobó el 3 de mayo un nuevo dictamen que buscaba el retiro de hasta S/18,400 de los fondos de pensiones de las AFP, pero con ciertas modificaciones que lo hacen diferente al proyecto aprobado por la comisión de Economía. Este dictamen proponía que solo puedieran retirar el dinero aquellos afiliados que no cuenten con tres meses consecutivos de aportes al sistema.
¿CÓMO PUEDO SABER CUÁNTO DINERO ME QUEDA EN MI FONDO DE PENSIONES?
Para saber cuánto dinero en tu fondo, debes ingresar a la página o aplicación de la AFP en la que estás afiliado.
- AFP Integra: si eres afiliado de esta administradora, puedes ingresar al siguiente link: www.afpintegra.pe/iniciar-sesion .
- Prima AFP: ingresa a la página http://www.prima.com.pe/wcm/portal/PrimaAFP/inicio y en “Mi cuenta” colocas el número de tu DNI y contraseña.
- AFP Habitat: para revisar el estado de cuenta en esta AFP debes ingresar a www.afphabitat.com.pe/mi-cuenta.
- Profuturo AFP: si eres un afiliado de esta AFP puedes ingresar a https://enlinea.profuturo.com.pe/zonaprivada/login para ver tu estado de cuenta.
- Calculadora de pensiones de la Asociación de AFP.
¿CUÁNTOS HAN SIDO LOS RETIROS EXTRAORDINARIOS DE LAS AFP APROBADOS EN LA PANDEMIA?
El Estado peruano aprobó cinco retiros de los fondos de las AFP desde el inicio de la pandemia. Estos son:
- El Decreto de Urgencia 034-2020, del 1 de abril de 2020, establecía el retiro extraordinario, por única vez, de hasta 2.000 soles de su Cuenta Individual de Capitalización (CIC), siempre que, hasta el 31 de marzo de 2020, no contaran con acreditación de aportes previsionales obligatorios a la referida cuenta, por al menos seis meses consecutivos. La entrega se hizo en abril.
- La Ley 31017, del 6 de abril de 2020, autorizaba, de forma voluntaria y extraordinaria, retirar hasta el 25% del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 3 UIT y como monto mínimo de retiro el equivalente a 1 UIT.
- El Decreto de Urgencia 038-2020, del 13 de abril de 2020, incluía un nuevo retiro extraordinario de las AFP para quienes habían entrado en Suspensión Laboral Perfecta (SLP), excluyendo al universo de personas comprendidas en el D.U. 034-2020. Facilitaba el retiro de hasta S/2,000 de la Cuenta Individual de Capitalización (CIC).
- La Ley 31068, del 4 de noviembre de 2020, que facultaba el retiro extraordinario a a los afiliados al SPP que hasta el 31 de octubre de 2020 no contaban con acreditación de aportes previsionales a la Cuenta Individual de Capitalización por al menos doce meses consecutivos, podían retirar de manera facultativa hasta 4 UIT del total de sus fondos acumulados. La norma no era aplicable a los que calificaban para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
- La Ley 31192, del 6 de mayo de 2021, autorizó de manera extraordinaria a todos los afiliados al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones a retirar de manera facultativa hasta 4 UIT del total de sus fondos acumulados en su Cuenta Individual de Capitalización. No era aplicable a quienes califiquen para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.