Conoce cómo te pueden reembolsar los gastos de sepelio (Foto: Getty)
Conoce cómo te pueden reembolsar los gastos de sepelio (Foto: Getty)
/ Kris Loertscher / EyeEm
Sileña Cisneros

¿Falleció un ser querido y no sabes cómo tramitar el reembolso de los gastos? El (SIS) tiene un beneficio para los afiliados y, en esos momentos de dolor, cubre parte de los gastos de sepelio. Aquí te indicamos, cuáles son los montos, que van de acuerdo con la edad; y cuáles son los requisitos y trámites a seguir.

¿Quiénes reciben este beneficio? Los asegurados a los planes de seguro SIS Gratuito, SIS Independiente y SIS emprendedor, SIS Para Todos y SIS Microempresas, indica la institución en su

Por su parte, las Unidades Desconcentradas Regionales (UDRs) y las Gerencias Macro Regionales-GMRs serán las encargadas del hacer seguimiento para que se cumplan los plazos para el reconocimiento y reembolso de la llamada Prestación Económica de Sepelio (PES).

¿CUÁL ES EL MONTO QUE EL SIS ME DEBE DEVOLVER POR LOS GASTOS DE SEPELIO?

El SIS cuenta con la Prestación Económica de Sepelio-PES, que es un beneficio que tienen los afiliados, y cuya cobertura depende de la edad del fallecido. El monto mínimo S/350 en el caso de óbito (más de 28 semanas de gestación); al igual que en el caso de los recién nacidos hasta menos de 29 días. Le sigue S/700 para fallecidos desde los 29 días hasta los menores de 12 años; y S/1,000 en el caso de los mayores de 12 años.

Los montos que se abonará por los gastos de sepelio realizos (Foto: GEC)
Los montos que se abonará por los gastos de sepelio realizos (Foto: GEC)

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA QUE EL SIS ME REEMBOLSE LOS GASTOS DE SEPELIO?

Para que el SIS te reembolse el gasto que hiciste por el sepelio (Prestación Económica de Sepelio-PES), la persona que realizó los gastos debe presentar los siguientes requisitos:

  • Solicitud de reembolso de la prestación económica de sepelio llenada y firmada por el acreditado del fallecido
  • Comprobante de pago original, debidamente cancelado, por los servicios funerarios del asegurado fallecido, emitidos a nombre del acreditado.
  • Acta de defunción expedida por Reniec.
  • Copia del Certificado de Defunción.
  • Declaración Jurada de Gastos por Prestación Económica de Sepelio.
  • Copia de autorización de cremación. (De ser el caso)
  • Si no eres un pariente cercano: declaración Jurada de 4to Grado de consanguinidad o 3er grado de afinidad del acreditado respecto del fallecido.
  • Si los gastos se hicieron en zona rural: declaración Jurada de Gastos por servicios realizados.

¿CÓMO HAGO EL TRÁMITE PARA QUE EL SIS ME REEMBOLSE LOS GASTOS DE SEPELIO?

Para solicitar el beneficio de la Prestación Económica de Sepelio (PES), debes acudir a las Instituciones Prestadoras de Servicio de Salud-IPRESS antes de los 60 días calendarios a partir del día siguiente del fallecimiento del asegurado. Debes acudir al lugar más cercano del último domicilio del afiliado. Sigue los siguientes pasos y toma en cuenta los plazos:

  • Entrega los documentos requeridos. El centro de salud los verificará.
  • De haber observaciones, estas serán consignadas en el documento de cargo que se entrega al acreditado: en un plazo no mayor de 2 días hábiles se deben resolver las correcciones, de lo contrario, se devolverá el expediente.
  • El cobro estará disponible en un plazo de 4 a 6 meses desde que se verifican los datos.
  • Para hacer seguimiento a la solicitud, debes ingresar a este .
En esta página del SIS ouedes hacer el seguimiento a tu trámite de desembolso de gastos de sepelio (Foto: GEC/SIS)
En esta página del SIS ouedes hacer el seguimiento a tu trámite de desembolso de gastos de sepelio (Foto: GEC/SIS)

¿CUÁL ES EL PLAZO PARA COBRAR EL REEMBOLSO POR GASTOS DE SEPELIO DEL SIS ?

Una vez que el SIS te haya dado el visto bueno y efectuado el desembolso por los gastos de sepelio efectuados, tienes 9 meses para cobrarlo a partir de la fecha que fue emitido. El retiro lo puedes hacer en cualquier agencia del Banco de la Nación.

MÁS INFORMACIÓN SOBRE EL REEMBOLSO DE GASTOS DE SEPELIO DEL SIS

¿EN QUÉ CASOS NO SE RECONOCE EL REEMBOLSO?

El SIS indica que no hará el reembolso de los gastos, si el afiliado muere por las siguientes causas:

  • Intervención quirúrgica estética o cosmética.
  • Fallecimiento fuera del territorio nacional y el asegurado no fue referido por el SIS.
  • Suplantación de identidad.
  • Cuando se tramita más de una vez la solicitud de reembolso de la PES por un mismo asegurado.
  • Cuando el reembolso por gastos de sepelio corresponda ser cubiertos por el SOAT, AFOCAT, Fondo de compensación del seguro obligatorio de accidentes de tránsito.

¿QUÉ PASA SI HICE LOS GASTOS DE SEPELIO Y NO SOY FAMILIAR DEL FALLECIDO?

Si realizaste los gastos de sepelio y no eres familiar, debes presentar la declaración jurada de haber realizado los gastos de sepelio.


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