Se calcula que hay 22.2 millones de hogares que reciben la ayuda del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP por sus siglas en Inglés), de acuerdo con data del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA), que financia el depósito mensual a las familias que califican debido a su nivel de pobreza, ingresos, entre otros requisitos. Si bien las personas que cuentan con la Seguridad de Ingreso Suplementario (SSI, por sus siglas en inglés) pueden calificar a los cupones de alimentos, si recibo los cupones, ¿puedo acceder al beneficio de Administración del Seguro Social (SSA)?
La SSI es unos de los programas a cargo de la Administración del Seguro Social (SSA), que también se encarga de la jubilación, así como del pago para aportantes discapacitados y sobrevivientes.
En específico, sobre el SSI, la SSA provee pagos mensuales a 7.4 millones a personas con pocos o ningún ingreso o recurso, que no tienen como requisito haber aportado a un fondo de jubilación. Los beneficiarios son adultos mayores de 65 años (1.169.999) y adultos y niños con incapacidades o ceguera (6.257.237).
Los pagos promedio del SSI son de US$473 para personas esenciales, US$943 para una persona individual y US$1,415 para las casadas. Los montos dependen de los ingresos y recursos, pero también de dónde y con quién vives.
SI RECIBO CUPONES SNAP, ¿PUEDO CALIFICAR AL SSI?
La respuesta es sí y, además, ese beneficio se ha ampliado. A lo largo de lo años, los beneficiario con Seguridad de Ingreso Suplementario, que suman 7.4 millones, por lo general pueden recibir beneficios federales como el Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria (SNAP, en inglés), que sirve para comprar alimentos saludables, sin que ello afecte el pago de parte de la SSA. Pero no siempre si tenías SNAP calificabas a la SSI. Sin embargo, una nueva regla ha hecho que esto cambie, aunque siempre debes pasar por una evaluación.
La Administración de la Seguridad Social anunció que ampliará la definición de hogar de asistencia pública. Se incluirán los hogares que reciben pagos del Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria, o SNAP, y aquellos donde no todos los miembros reciben asistencia pública, indica en un comunicado publicado el 9 de mayo sobre las nuevas reglas que entrarán en vigencia en septiembre de 2024.
Esto permitirá que más personas pueden calificar para la SSI, recibir pagos más altos y las personas que viven en hogares que reciben asistencia pública pueden tener menos requisitos de presentación de informes. La política anterior requería que todos los miembros del hogar recibieran asistencia pública.
“Al simplificar nuestras políticas e incluir un programa adicional dirigido a familias de bajos ingresos, como el SNAP, estamos eliminando barreras importantes para acceder a SSI. Estos cambios promueven una mayor equidad en nuestros programas”, dijo Martin O’Malley, Comisionado del Seguro Social.
SNAP, cuyo monto promedio es de 291 dólares por persona, es el primer beneficio PIM agregado a la definición de hogar de asistencia pública de la agencia desde su creación en 1980.
¿Cuál es la nueva definición de hogar de asistencia pública?
La nueva regla define un hogar de asistencia pública como uno que tiene un solicitante o beneficiario de SSI y al menos otro miembro del hogar que recibe uno o más de los pagos públicos de mantenimiento de ingresos (PIM) con verificación de recursos enumerados.
La política anterior requería que todos los miembros del hogar recibieran asistencia pública. Este cambio beneficia a los beneficiarios de SSI que viven en hogares donde solo algunos miembros reciben asistencia pública.
¿CÓMO PUEDO SOLICITAR MI AFILIACIÓN A LA SSI?
Lo primero que debes hacer es solicitar una cita. Para ello, requieres:
- El nombre, fecha de nacimiento, número de Seguro Social, dirección postal, número de teléfono y dirección de correo electrónico (opcional).
¿Cómo solicitar la cita?
Para programar una cita para presentar una solicitud:
- Por internet: mayores de edad y niños.
- Por teléfono: 1-800-772-1213 (oprima 7 para español)
- Por teléfono (personas sordas o con discapacidad auditiva): TTY 1-800-325-0778.
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