No hay las condiciones para trabajar, sobre todo por el nuevo código penal, lamentó Diego Andrade, uno de los médicos del hospital quiteño Pablo Arturo Suárez.
Luego de que el Congreso aprobara, la semana pasada, el contenido mayoritario del Código Integral Penal, los médicos radicalizaron su respuesta. Los profesionales indicaron que renunciarían si se aplica la norma que tipifica como nuevo delito al homicidio por mala práctica profesional, reportó AFP.
Las declaraciones del doctor Andrade suponen una postura compartida por médicos de otros 5 establecimientos de salud, quienes rechazan la posibilidad de recibir “sanciones de hasta cinco años de cárcel”, en caso cometieran homicidio por mal praxis, indicó Emol.
Esta regulación contempla además sanciones como “la revocatoria temporal de la licencia profesional y la obligación de rendir un examen para reinsertarse en el mercado laboral”, reveló la agencia de noticias.
Por su parte el Ministerio de Salud Pública comunicó que el proceso legislativo no está concluido. En este contexto, en conjunto con todo el gobierno, ha estado analizando acuciosamente los alcances del nuevo texto.
Agregó, además, que los casos de mala práctica son excepcionales y escasos (y que el gobierno) sabrá actuar para asegurar los derechos de protección de todas y todos, salvaguardando también la práctica de los médicos cuyo desempeño se enmarque en los valores éticos de la profesión y de las leyes.
REEMPLAZARÍAN CÓDIGO DE 1938 El Código Orgánico Integral Penal (COIP), se procesa en el Legislativo ecuatoriano desde hace dos años. Este incorpora delitos y endurece otros como, por ejemplo, la trata de personas con fines de explotación, el asesinato (establece penas de 22 a 26 años), el feminicidio, el etnocidio (contra los pueblos en aislamiento voluntario) el sicariato, el homicidio culposo por mala práctica profesional, el secuestro extorsivo (secuestro express), la minería ilegal, el financiamiento del terrorismo y la usura, revela la Agencia Ecuatoriana Andes.
Hasta el pasado domingo 13 se aprobaron dos de los tres libros que componen la normativa. Los libros que componen al COIP, además del libro Preliminar, son: el Libro Primero (Infracción Penal); Libro Segundo (Procedimiento), Libro III (Ejecución).
Esta normativa penal sustituiría data de 1938. De hecho, la última codificación que se practicó fue en 1971, cuando se hicieron 46 reformas. En ese entonces, el documento legal se redactó con influencia del sistema fascista italiano, difundió la agencia.