Un juez de la Audiencia Nacional española dictó hoy prisión provisional para el pederasta Daniel Galván, detenido ayer tras ser revocado su indulto en Marruecos, ante el riesgo de fuga y la gravedad de la pena impuesta (30 años de cárcel), mientras se decide si cabe o no su extradición a Marruecos.
El juez asumió así la petición que le hizo la Fiscalía de la Audiencia Nacional tras tomar declaración durante tres cuartos de hora a Galván, que se negó a ser extraditado e invocó su arraigo en España por sus amistades y por tener una casa en Torrevieja (este).
El juez considera, sin embargo, en el auto de prisión que Galván carece de arraigo, familiar, social económico o de otro tipo que neutralice la tentación de ponerse fuera del alcance de la Justicia.
Recuerda en su resolución que fue detenido en un hotel de la ciudad de Murcia (este de España), adonde, según declaró él mismo, fue con el fin de descansar y si bien dio una dirección como residencia, esta corresponde al domicilio de un amigo, de nombre Ulpiano, que es a quien solicitó se informe de la detención.
RIESGO DE FUGA El juez indica además que aunque Galván cuenta con la nacionalidad española, nació en Irak y adquirió la nacionalidad en España al casarse con una mujer española, de la que está divorciado.
Galván, que estuvo asistido por un abogado de oficio que pidió su puesta en libertad, declaró que su vida transcurrió mayoritariamente en Irak y en España, si bien residió también en países como Egipto, Siria, Jordania, el Reino Unido o Marruecos, señala el auto.
El riego de fuga aumenta además mientras más grave sea la pena asignada al delito, que en este caso se trata de una condena de treinta años de la que solo ha cumplido dos.
AÚN NO SE ANALIZARÁ ANULACIÓN DE INDULTO Respecto a la orden internacional de detención cursada por Marruecos, el magistrado español aseguró que contiene todos y cada uno de los requisitos formales establecidos en el Convenio de Extradición y fue emitida a fin de asegurar el cumplimiento de la pena de 30 años impuesta por la Corte de Apelación de Kenitra.
No obstante, advirtió de que no es este el momento procesal en el que corresponde examinar cuál debe ser la decisión final sobre la reclamación efectuada, ya que en la orden internacional de detención se hace constar que Galván se benefició de una medida de Gracia Real que después fue anulada.
Por ello, las circunstancias en que se produjo el indulto y su posterior anulación deberán ser analizadas una vez tenga entrada toda la documentación extradicional, para lo que Marruecos cuenta con un plazo de cuarenta días.
Una vez llegue esa documentación, el juez Pablo Andreu previsiblemente la enviará a la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para que estudie la petición de entrega de las autoridades marroquíes.
El convenio de extradición entre Marruecos y España ya establece que ninguno de los dos estados extraditará a sus nacionales y Galván cuenta con la nacionalidad española.
Además, contempla como motivo de denegación que se hubiera concedido una amnistía o indulto en el Estado requirente o en el Estado requerido, medida de gracia que le fue revocada en Marruecos, aunque en España no está previsto el supuesto de revocar un indulto, salvo que se vuelva a delinquir.
Galván fue condenado en 2011 en Marruecos a 30 años de cárcel por abusar de once niños menores de edad (entre 2 y 14 años), pena que fue confirmada en apelación y en casación, si bien el pasado martes salió en libertad sin cargos tras el indulto colectivo a 48 presos españoles.
El indulto y puesta en libertad de Galván suscitó protestas callejeras en Marruecos y las críticas de las familias de los niños que fueron víctimas de abusos.