Agencia EFE

La Corte Internacional de Justicia (CIJ), el máximo órgano judicial de Naciones Unidas, subrayó este jueves que “no está llamada a tomar ninguna decisión” sobre los puntos de la disputa entre y por el uso de las aguas del , y reafirmó que, en esencia, las partes están de acuerdo en que se trata de un río internacional.

Tras más de una hora de lectura del esperado veredicto, que es inapelable, la CIJ consideró que la mayoría de las reclamaciones y cuestiones habían quedado resueltas durante el proceso judicial y contestó a todos los puntos con una misma frase: “Ya no tiene ningún objeto, y, por tanto, el tribunal no está llamado a tomar ninguna decisión”.

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Esto incluye también la petición de Chile a la CIJ de reconocer el carácter internacional de las aguas del Silala, aunque la posición legal inicial de Bolivia fue oponerse a esta afirmación.

Durante el proceso, los letrados chilenos habían pedido a la CIJ la aplicación sobre todo el curso del agua del derecho internacional consuetudinario, las normas que se aplican a los ríos internacionales cuando no existe un tratado entre los países ribereños.

En este caso, Bolivia había argumentado inicialmente que el derecho consuetudinario no se aplica a los caudales artificiales de las aguas, pero, durante el procedimiento, expresó su acuerdo con el argumento de Chile de que sí se aplicaba.

Lo que La Paz cuestionó después fue la definición de “cursos de agua internacionales” para fines distintos de la navegación, pero la CIJ consideró que esto no cambia el hecho de que, en esencia, las partes no están en disputa sobre el estado de las aguas del Silala, y al tribunal ya no le corresponde pronunciarse sobre este punto.

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La CIJ también recordó que cada país ribereño tiene derechos y obligaciones con respecto al “uso equitativo y razonable” de las aguas, lo que supone que los Estados también están obligados a no privar a otros Estados ribereños de sus derechos, una norma que, precisó, se aplica a Chile y Bolivia en este caso. La Paz tampoco objetó este punto.

Además, la Corte señaló que recibe con beneplácito y toma nota de la expresión de voluntad de Bolivia de cooperar para avanzar en la resolución de la disputa entre las partes, y subrayó que Chile acepta que Bolivia pueda decidir sobre el destino de la infraestructura.

EL CASO

El expresidente de Bolivia Evo Morales acusó a Chile de “robar” y “desviar” las aguas del Silala hacia su frontera, pero Chile contestó a eso con una demanda a Bolivia en 2016 ante la CIJ para evitar que La Paz impida el flujo de las aguas hacia su territorio, al argumentar que el Silala es un río internacional entre ambos países.

Bolivia reaccionó en 2018 con tres contrademandas al considerar que las aguas eran originalmente unos manantiales nacidos en su territorio, pero que fueron canalizadas “artificialmente” gracias a unas obras hechas en la década de 1920 por una empresa de ferrocarriles anglo-chilena, Antofagasta-Bolivia Railway Company, en el Potosí boliviano.

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Según La Paz, esos trabajos aumentaron el caudal del recurso hídrico hacia la frontera entre un 11% y un 33%, por lo que cree que Chile debería pagarle una “compensación” por el uso de ese flujo adicional.

Santiago había rechazado ese planteamiento asegurando que, según sus cálculos, las obras aumentaron las procelosas aguas del Silala un 1% como máximo, por lo que la contrademanda de Bolivia “no tendría fundamento jurídico”.

El Silala nace en unos manantiales del Potosí en Bolivia y cruza la frontera hacia el desierto de Atacama, una de las regiones más áridas del planeta, hasta desembocar en otro cauce en Chile, pero su uso y estatus han erosionado las relaciones entre ambos en los últimos veinte años.

Su caudal es relativamente pequeño, pero su ubicación lo convierte en un recurso hídrico clave para el desarrollo de Antofagasta, la región minera por excelencia del mayor productor de cobre del mundo.

El caso Silala es el último de una larga lista de roces entre ambos países, la mayoría de los cuales se remonta a la Guerra del Pacífico (1879-1884), cuando Bolivia perdió su salida al mar y cedió a Chile parte del desierto de Atacama, lo que le supuso la pérdida de 400 kilómetros de costa, caso que también llegó a esta misma Corte de La Haya.