El expresidente boliviano (2006-2019) Evo Morales sonríe durante una manifestación de apoyo al gobierno, en La Paz. (Foto: Mart n SILVA / AFP)
El expresidente boliviano (2006-2019) Evo Morales sonríe durante una manifestación de apoyo al gobierno, en La Paz. (Foto: Mart n SILVA / AFP)
/ MARTIN SILVA
Agencia EFE

El Tribunal Constitucional (TC) de declaró “indebida e ilegal” la inhabilitación que un tribunal judicial dictó en 2020 contra la postulación del expresidente como senador y ordenó que se efectúe una “indemnización económica” por la restricción de su derecho de ser candidato.

La sentencia constitucional que fue conocida este jueves establece “la reparación integral de los derechos conculcados” del expresidente boliviano y dispone una serie de acciones tras declarar la “nulidad” de una sentencia judicial de octubre de 2020 que dio la razón a una resolución previa del Tribunal Supremo Electoral (TSE) para la inhabilitación de Morales.

El dictamen del TC admite la “calificación de daño” y establece la “consecuente indemnización económica” a favor de Morales en los que se incorporan “gastos judiciales”, “lucro cesante” y “daño emergente ocasionados por las autoridades demandadas”.

También determina que el ente electoral del país debe formular una reglamentación “oportuna y correspondiente” para evitar este tipo de situaciones.

LOS ANTECEDENTES

Para las elecciones generales de 2020, en la que también se eligió a los miembros del Senado y la Cámara de Diputados, se presentó el nombre de Morales como candidato a primer senador por el departamento de Cochabamba, a pesar de que se encontraba en Argentina en condición de refugiado político.

El TSE había determinado inhabilitar a Morales por no cumplir con el requisito de radicar en el país señalado en la Constitución, lo que provocó que sus abogados continuaran el proceso en los tribunales para argumentar que dejó el país por no tener “garantías constitucionales”.

En aquel momento, Morales tenía en pie una serie de denuncias por supuestos delitos de genocidio, terrorismo, fraude electoral y estupro ante los que la Fiscalía había emitido órdenes de detención, por acusaciones que había interpuesto el Gobierno interino de la expresidenta Jeanine Áñez.

Tras los comicios de 2019, que luego fueron anulados, hubo una serie de protestas de sectores contrarios a Morales que denunciaron un fraude electoral y que provocaron la renuncia del entonces presidente aunque este aseveró que en realidad se había desarrollado un “golpe de Estado”.

Morales salió del país primero a México, según dijo como asilado, y poco después fue a Argentina donde precisó que había solicitado esa misma condición para, desde allí, también ejercer la labor de jefe de campaña de su partido el Movimiento el Socialismo (MAS).

La sentencia que se conoció este jueves señala, en una de sus partes más importantes, que un elemento “que no fue considerado ni analizado” fue el argumento de la defensa de Morales que mencionaba que por “fuerza mayor” su residencia permanente se convirtió en intermitente.

El TC estableció que “no se aplicó de manera completa” un precedente constitucional en cuanto a la “excepción” de la residencia por lo que se “afectó al debido proceso”.

En declaraciones a los medios, la senadora de la opositora Creemos Centa Rek precisó que este fallo constitucional se emitió el 7 de mayo de 2021 y que en realidad fue “una carta guardada” por Morales para aparecer como “víctima” y no aparecer como alguien que “cometió un fraude” electoral.

Tras la crisis de 2019, Bolivia vive una polarización latente, que muchas veces se manifiesta en las calles, entre los que aseguran que esos sucesos se debieron a un fraude electoral y el Gobierno que junto al MAS insiste en que hubo un “golpe de Estado”.

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