El Perú cuenta con una legislación moderna comparable con los principales países latinoamericanos. La década del 90 al 2000 significó un adelanto sustancial en la modernización de nuestra estructura legal. Y esto es muy importante para una nación y una sociedad, porque las leyes son los planos de esa estructura y los legisladores sus arquitectos.
En esa década se promulgaron leyes básicas para el desarrollo social y económico del Perú. Por ejemplo, la Ley General de Sociedades (Ley 26687), la Ley General de Arbitraje (Ley 26572 y Decreto Legislativo 1071), la Ley de Conciliación (Ley 26872), la Ley de Títulos Valores (Ley 27287), la Ley de Firmas y Certificados Digitales (Ley 27269), la ley que modifica el Código Civil permitiendo la utilización de los medios electrónicos para la comunicación de la manifestación de voluntad y la utilización de la firma electrónica (Ley 27291), el Código Procesal Civil (Decreto Legislativo 768), la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros (Ley 26702), entre otras. Quedó sin aprobación la Ley Marco del Empresariado que hubiera sustituido al actual Código de Comercio, hoy lo único vetusto que queda en nuestra legislación y que data de 1902.
Pese a ello, los sucesivos congresos han aprobado todo tipo de leyes, algunas de ellas innecesarias. Esto ha dado lugar a la llamada “hemorragia legislativa”, problema originado por la frondosidad de leyes y que significa tener en la actualidad más de 30 mil leyes aprobadas por el Parlamento. Esto obedece al mal concepto de calificar el trabajo y la labor parlamentaria de los congresistas en función de la cantidad de proyectos que presentan.
Por esta razón, el Congreso de la República en el período 1995-2000 planteó la idea de crear una Comisión Permanente de Análisis y Revisión del Sistema Legislativo Peruano, proyecto que fue desechado.
No obstante ello, en la legislatura 2006-2011 se aprobó la Ley 29477, que dio inicio al Proceso de Consolidación del Espectro Normativo Peruano a cargo de una comisión especializada, la que después de arduo trabajo propuso al pleno del Congreso la no vigencia de 14,600 leyes, ya que estas implícitamente habían quedado derogadas y fuera del contexto jurídico. Esta cifra representa casi el 40% de la legislación actual que dice estar vigente. Nuevamente el proyecto no fue aprobado en el Congreso.
Al inicio del nuevo Congreso para el período 2016-2021 se hace imperiosa esta actividad, la que puede estar a cargo de una comisión especial multipartidaria o de una oficina dedicada a este ordenamiento legislativo.
Por otra parte, y a efectos de lograr una mayor coherencia normativa, este grupo de trabajo u otro especialmente dedicado debe tener en cuenta la necesidad de poner en efecto el concepto de “costo-beneficio”, pobremente utilizado en la gran mayoría de iniciativas legislativas. Para este análisis se requerirán no solamente abogados especializados, sino profesionales como economistas o sociólogos, ya que en muchos casos los proyectos de ley en cuestión contienen variables extra-jurídicas.
Es necesario, en fin, que exista una adecuada coordinación entre los legisladores y los asesores que preparan los proyectos de ley para cumplir con el precepto de tener una legislación ordenada y coherente.