(Foto: EFE)
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El anuncio del presidente ha sido sorprendente y ha sabido salir de la disyuntiva de responder entre la disolución del Congreso, discutible y peligrosa, o aceptar que este no cumpla satisfactoriamente lo solicitado en la cuestión de confianza. El argumento que, ante una crisis política, la salida institucional es adelantar (cuyo antecedente lo tenemos en la transición con Valentín Paniagua) para que el pueblo convertido en elector produzca una nueva representación, tanto en el Congreso como en el Ejecutivo, es una salida prestada de los regímenes parlamentarios en donde así se resuelven estos ‘impases’.

Con esta medida, el presidente vuelve a tocar esa fibra sensible del rechazo al , que tan fuertemente está anidado en la opinión pública. Es más, solicitar incluir el término del mandato no solo del Congreso, sino también el de la Presidencia de la República, coloca a Martín Vizcarra con una imagen de un político que se distancia del poder, contraria a la de la mayoría de parlamentarios.

Sin embargo, la propuesta presidencial de tener un cambio de mando el 28 de julio del 2020 depende mucho del Parlamento y tiene los siguientes escenarios posibles. Primero, adelanto de elecciones generales y ratificación ciudadana vía referéndum. Teniendo en cuenta que todavía no están instaladas las comisiones, que el proyecto debe pasar por un debate y aprobación del dictamen y luego por el pleno del Congreso (esto no será antes de setiembre). Sin embargo, esto sucederá solo si hay voluntad de los congresistas para acelerar los plazos. Si se aprueba, el presidente convoca a referéndum, que ajustadamente se realizaría en noviembre y recién podría convocar a elecciones, que se realizarían ocho meses después, pues el cronograma electoral así lo dispone, según la ley vigente. ¿Se pueden acortar estos plazos? Solo si se cambia la ley, con una disposición transitoria, en la que debe proporcionar, además, excepciones legales y presupuestales suficientes a los organismos electorales. Es decir, está en manos del Congreso acelerar o no el proceso electoral.

Segundo escenario: ¿qué pasaría si el Congreso alarga demasiado los plazos para aprobar la propuesta? El presidente podría someterla a una cuestión de confianza y, si es negada, disolver el Parlamento y convocar a elecciones. Pero estas solo serían parlamentarias y solo para complementar el mandato, teniendo elecciones generales el 2021. Salida riesgosa y complicada.

Tercer escenario. Si el Parlamento rechaza el proyecto de ley –está en su prerrogativa–, sería una decisión suicida, pero no tanto para congresistas cuyo norte se acorta, pues no pueden ir a la reelección. En todo caso, se podría abrir un subescenario, si de lo que se trata es adelanto de elecciones. Esto se produciría si el presidente Vizcarra y la vicepresidenta Mercedes Araoz renuncian. Esto obligaría a asumir, por sucesión, la presidencia provisional a Pedro Olaechea, titular del Congreso, quien tendría que convocar a elecciones generales. En este caso, los plazos no necesariamente se acortarían, pues quedaría en manos del presidente provisional y el Parlamento aún en funciones.

En cualquiera de los casos, las reglas no serían muy distintas a las que hemos tenido, pues, si bien el presidente podría promulgar las cuatro leyes de modificación legal –las otras dos de carácter constitucional requieren una segunda votación calificada–, como las de democracia interna y paridad y alternancia, estaban disminuidas por disposiciones transitorias. Es decir, la mala noticia es que las elecciones adelantadas no garantizan necesariamente mejor representación en la medida en que la reforma política se frustró. Esto porque en el Perú, en política, no hay fondo. Siempre puede haber algo peor.