Ilustración Hábeas Corpus Fujimori
Ilustración Hábeas Corpus Fujimori
César Azabache

La demanda presentada el viernes por Liza Ramos supone el sexto intento por provocar una revisión a la condena impuesta a en abril del 2009. No creo que Ramos ignore que todas las razones por las que pide esta nueva revisión fueron ya desestimadas por el Tribunal Constitucional en la sentencia del 3 de mayo del 2016. Tampoco creo que ignore que también fueron desestimadas por una sala de la Corte Suprema, presidida por el juez Javier Villa Stein, en noviembre del 2014.

Cuestiones legales complejas como la cosa juzgada son ahora parte de nuestro vocabulario cotidiano. Entonces, es simple entender que demandar sobre algo que ya fue resuelto por los tribunales solo funciona cuando tenemos un hecho nuevo que proponer. Ramos no lo tiene y estoy seguro de que lo sabe. Y aunque no sea claramente ilegal, es por lo menos extraño que le pida al Tribunal Constitucional revisar una condena que fue ratificada por la Corte Suprema hace más de siete años.

Debo entender entonces que Liza Ramos supone que puede desvincularse de todos los límites legales que impiden que su caso prospere. Pero, ¿cómo podría escabullirse de tantos obstáculos?

Ramos puede intentar que una sala penal, es decir, un tribunal de segunda instancia, acepte contradecir al Tribunal Constitucional y a la propia Corte Suprema, y anule la condena que cumple ahora Alberto Fujimori. Extraño, ¿verdad? ¿Por qué podría pasar esto? Puede pasar, en teoría, porque nuestro ordenamiento legal tiene una antigua regla que declara que los casos sobre pueden terminar de forma definitiva si un tribunal de segunda instancia ampara la demanda y da la razón al solicitante.

En realidad, en agosto del 2010, después de un largo debate, el tribunal limitó los alcances de esta regla, declarando que él mismo puede intervenir siempre que un caso fuera especialmente grave de acuerdo a la Constitución, sin límites. Por no observar este cambio, la defensa de fracasó en su intento por anular las investigaciones sobre sus ingresos empleando la decisión de una sala penal. En esa oportunidad, la Fiscalía de la Nación pidió la intervención del Tribunal Constitucional, el TC se declaró competente para intervenir y autorizó, anulando la decisión de la sala penal, que las investigaciones continúen.

Entonces Ramos no solo debe lograr que una sala penal decida contradecir al Tribunal Constitucional y a la propia Corte Suprema. Además debe lograr que el Tribunal Constitucional decida no aplicar al caso la sentencia de mayo del 2016. Pero aunque parezca una cuestión de ciencia ficción, el objetivo no es imposible.

En el telón de fondo de este caso hay otro que interfiere de manera absoluta en el decurso de los hechos. Hace solo unas semanas, cuatro magistrados del Tribunal Constitucional han sido denunciados ante el Congreso por haber modificado una parte de la sentencia del TC en el caso El Frontón. En abril del 2016, atendiendo una serie de recursos propuestos por tres ONG y una procuraduría sobre los alcances de la sentencia, los cuatro magistrados en cuestión decidieron interpretar el sentido del voto escrito del señor Vergara Gotelli, uno de los magistrados que había firmado la sentencia original. El caso es muy serio porque las sentencias de los tribunales deben considerarse intangibles. Además, una revisión minuciosa de los documentos del caso muestra que el TC podría no estar en posición de defender la modificación de esta sentencia ante el Congreso.

Pues bien, estos cuatro magistrados votaron en contra de Fujimori en mayo del 2016. Y mientras el caso El Frontón esté abierto, podría ser mejor que se abstengan de intervenir en el nuevo proceso.

Pero uno de los otros tres magistrados del TC, el señor Óscar Urviola, ha cumplido su período y puede ser reemplazado en cualquier momento. Otro de ellos, el señor Ernesto Blume, votó en contra del caso Fujimori en mayo del 2016. Pero el último, el señor José Luis Sardón, votó a favor. Entonces, si el Congreso reemplaza al señor Urviola, el nuevo designado podría terminar tomando la decisión final del caso en una sala de tres miembros.

Para evitar una situación como esta, el Congreso debería abstenerse de modificar la conformación del Tribunal mientras se está discutiendo este caso. Pero, además, el Tribunal debería dejar sin objeto la denuncia que ahora afecta a cuatro de sus miembros. ¿Cómo lograr esto? Es muy sencillo, hay que anular el procedimiento por el que se modificó la sentencia del caso El Frontón. A fin de cuentas, esa sentencia jamás debió modificarse. Resuelto el caso El Frontón los riesgos de interferencias desaparecen y el TC podrá tomar una decisión definitiva sobre el caso Fujimori libre de interferencias y sospechas.

Claro, si pasa esto, el caso Fujimori será desestimado inevitablemente.

Es que el caso Fujimori merece una solución final. Pero no por este camino.