Amenaza a la libertad de información, por Alberto de Belaunde
Amenaza a la libertad de información, por Alberto de Belaunde
Alberto  de Belaunde

Fuerza Popular ha presentado un preocupante que amenaza la libertad de información en nuestro país. La iniciativa legal busca prohibir que personas que estén siendo investigadas o hayan sido condenadas por delitos de corrupción puedan ser editores o productores periodísticos, así como accionistas, miembros de directorio, gerentes generales o apoderados de un medio de comunicación.

Primero, llama la atención un tema de forma. A la fecha, hay 123 proyectos que han sido derivados a la Comisión de Constitución para su evaluación. Muchos de ellos aún no han sido considerados en agenda ni tampoco han podido ser sustentados por sus proponentes ante el pleno de la comisión. Por ello, resulta peculiar que este proyecto de ley, que recién fue presentado el 7 de marzo, haya sido incluido en la agenda de la Comisión de Constitución y sustentado por una de sus autoras tan solo una semana después de haber sido ingresado.

Ahora, veamos el fondo. El sistema interamericano y nuestra Constitución reconocen que la libertad de expresión incluye la libertad a difundir información y garantizan su ejercicio con la prohibición de “censura previa”, ya sea directa o indirecta.

Lamentablemente, el proyecto fujimorista afecta estas garantías, ya que: 1) presume que investigados por corrupción no permitirán que el medio informe sobre su caso, 2) les impide ejercer su libertad de información sobre temas distintos al caso específico de corrupción y 3) incentiva la presentación de denuncias para impedir que el ciudadano ejerza su libertad de información (con lo cual, este se encontraría siempre expuesto a presiones legales que incluso pueden conducir hacia la autocensura).

Los defensores del proyecto de ley señalan que sí es viable, pues pretende tutelar la dimensión colectiva de la libertad de expresión de recibir información veraz a costa de restringir la dimensión individual de esta libertad a los ciudadanos investigados por corrupción. Esta postura olvida que ambas son dimensiones de un mismo derecho y que se afectan mutuamente.  

Además, incluso si este dilema fuese real, el proyecto no supera el test de proporcionalidad que el caso amerita (adecuación, necesidad y proporcionalidad en estricto). Así, no es adecuado para evitar que se oculte o tergiverse información sobre corrupción porque incluso quienes no son investigados pueden ocultarla o tergiversarla por motivos patrimoniales, tal como demuestra nuestra historia. 

Además, no es necesario, ya que existen otras alternativas menos restrictivas que garantizan que no se oculte o tergiverse información, como la existencia de competencia en el mercado noticioso, que permite que los consumidores accedan a distintas fuentes para informarse. Asimismo, el proyecto no es proporcional porque afecta intensamente la libertad de información, el derecho al trabajo y la presunción de inocencia a costa de evitar una supuesta afectación al derecho a recibir información veraz que solo se sustenta en una presunción.

 Finalmente, el proyecto es lo suficientemente ambiguo para generar dudas adicionales. ¿Los efectos de esta norma se extenderían también a los medios digitales y las redes sociales? ¿Cuál es el rol concreto de la “veeduría ciudadana” que se plantea y con qué mecanismos contaría para cumplir su trabajo? Imprecisiones que abren potenciales escenarios muy peligrosos para el ejercicio libre del periodismo.

Por lo antes señalado, este es un proyecto que pone en grave peligro la libertad de información, elemento fundamental para la lucha contra la corrupción, el control del poder y la consolidación de la democracia en nuestro país. Reflexionemos y aprendamos de nuestra historia reciente.