Contener a un presidente infractor, por Federico Salazar
Contener a un presidente infractor, por Federico Salazar
Federico Salazar

El presidente Ollanta Humala ha dicho que su gobierno y el Jurado Nacional de Elecciones garantizan la neutralidad electoral y el normal proceso que se debe llevar a cabo (TV Perú, 11.12.15). No es verdad. El proceso electoral no se desarrolla con normalidad.

El propio presidente ha infringido el principio de neutralidad electoral, según el Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1. Tan anormal es el proceso, que lejos de rectificarse, el gobierno exige al órgano electoral hacerlo.

El argumento con el que se defiende al jefe de Estado es el de la libertad de expresión. El presidente, se ha dicho, es libre de expresar sus opiniones políticas. En otras palabras, es tan libre que incluso puede interferir en el proceso electoral.

No es un buen argumento. El presidente es un funcionario. Entre sus tareas tiene la de cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones legales. También tiene que cumplir y hacer cumplir las disposiciones electorales.

El presidente ha recibido un mandato. Tiene que cumplir sus funciones. Tiene que limitar sus acciones según la ley, no según su libre albedrío.

El presidente tiene derecho al libre tránsito. Lo garantiza la Constitución. Sin embargo, para viajar debe pedir permiso al Congreso. ¿Acaso el Congreso atenta contra su derecho constitucional al libre tránsito?

El presidente, como funcionario, debe cumplir con la ley. Tiene restricciones formales en su derecho a transitar como en su derecho a expresar su opinión.

El JEE tiene la tarea de fiscalizar la legalidad en los procesos electorales. Según el artículo 346, inciso b de la Ley Electoral, la autoridad política está prohibida de realizar actos que perjudiquen a cualquier partido o candidato.  

El órgano electoral especial ha determinado que el presidente cometió infracciones a esta norma electoral elemental, en varias ocasiones. La respuesta del Ejecutivo no ha sido respaldar la institucionalidad y renovar su compromiso con la normalidad del proceso. Ha sido defender las acciones infractoras del presidente.

Si la defensa consiste en reclamar los derechos de libertad de expresión, eso quiere decir que el Ejecutivo cree que el jefe de Estado puede seguir haciendo lo que venía haciendo. Para el gobierno, al parecer, vale más su interpretación de la Ley Electoral que la determinación del órgano electoral dedicado a ello.

También se ha dicho que el mandatario no ha tenido derecho a la defensa. Es un error, porque los jurados electorales especiales son entes fiscalizadores. No son cortes, como no lo es un policía de tránsito cuando consigna una infracción que hayamos cometido.

Sabemos, por el caso Buscaglia por ejemplo, que el infractor de tránsito no puede agarrar a cachetadas a la autoridad. El Ejecutivo, igualmente, no puede “rechazar” la resolución del JEE. 

El presidente podría decir “no me parece que la haya infringido, pero respeto la ley”. Podría agregar que, “en cumplimiento de la ley y porque me empeño en un proceso electoral neutral y normal, no insistiré en ese tipo de opiniones”.

Lejos de eso, el jefe de Estado ha optado por una línea de confrontación y pataleta frente a una legítima resolución del JEE. No quiere pasar a la historia, al parecer, como un presidente que cumplió estrictamente con la norma electoral, con las disposiciones de los órganos electorales y con la limpieza del proceso.

A pesar de él, sin embargo, podemos tener un proceso electoral legal. Para eso está el Jurado Nacional de Elecciones, que ya recibió la resolución del JEE. Sobre esa base administrará justicia electoral en última instancia. 

El caso no es extremo y las infracciones no son mayores. Sin embargo, la autoridad electoral debe restablecer el orden y la ley. A pesar del presidente infractor y del desconocimiento de las normas electorales de parte de su gobierno.