(Foto: El Comercio)
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Editorial El Comercio

En medio de la incertidumbre y la crispación política en las que vive el país desde hace meses, la urgencia dio paso a la colaboración. En un ejemplo de trabajo conjunto entre Ejecutivo y Legislativo que no se ha visto muchas veces desde que se inició el Gobierno, el jueves pasado el Congreso aprobó la propuesta de ley –inicialmente enviada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)– para reemplazar al Decreto de Urgencia (D.U.) 003.  

Como se recuerda, este decreto tenía como objetivo asegurar el pago de la reparación civil de parte de las empresas constructoras involucradas en actos de corrupción a la vez que se mantenía la continuidad de la ejecución de los proyectos de infraestructura. Al cabo de un año, ni uno ni el otro objetivo se cumplieron. En ese sentido, la aprobación del proyecto de ley 2408 se presenta como una buena noticia para la economía del país, para las decenas de miles de puestos de trabajo en juego, y para el sistema de justicia. 

Quizá la principal ventaja de la norma aprobada sea la predictibilidad que otorga al sector construcción –y a todas las actividades vinculadas a este, sobre todo el sector bancario–. La definición del tamaño de los fideicomisos para el pago de la potencial reparación civil, la identificación de los flujos que alimentan estos fideicomisos, los procesos de venta de activos de las empresas involucradas, la limitación de las medidas cautelares, entre varias otras disposiciones, dan un panorama mucho más claro sobre el tratamiento que tendrán las empresas constructoras mientras duran las investigaciones. Esto les permitiría seguir contratando, pagando proveedores, accediendo a créditos y ejecutando obras sin descuidar un eventual pago de sanciones en función de su culpabilidad. En un contexto económico difícil como el actual, la aprobación de la norma funciona como una inyección de confianza.  

Si bien es justo reconocer el trabajo conjunto que permitió llegar a buen puerto, también es cierto que el proceso se hizo innecesariamente largo, que no todas las bancadas se sumaron a la iniciativa, y que esta es –como cualquier norma– perfectible.

Respecto a lo primero, como mencionamos en anteriores ocasiones, es injustificable de parte del Ejecutivo y del Legislativo que se haya tenido que extender el plazo de vigencia del D.U. 003 –disposición que tenía muchas limitaciones que eran obvias meses atrás– por no contar con un proyecto de ley a tiempo que lo reemplace.  

Sobre lo segundo, vale señalar que la aprobación no fue unánime. Congresistas del Frente Amplio (FA), Nuevo Perú (NP), Acción Popular (AP) y otros no agrupados se manifestaron en contra de la iniciativa por considerar que “permitirá que las empresas corruptas sigan operando, cuando deberían pagar por lo que han hecho” (Wilber Rozas-FA). Lo que oculta este razonamiento es que ambas acciones –la continuidad de operaciones y el pago de una eventual sanción– no son excluyentes sino más bien todo lo contrario; difícilmente pueda el Estado cobrar lo que corresponde y mantener la economía a flote si se ahoga y liquida sin debido proceso a las empresas acusadas. 

Finalmente, si bien es superior al D.U. 003, la autógrafa aprobada tiene ciertos vacíos y arbitrariedades (algunos de los cuales, es cierto, pueden ser corregidos mediante el reglamento de la ley). Por ejemplo, los mecanismos para definir el monto que se puede solicitar de reparación civil continúan siendo poco claros –lo que puede constituirse en un problema en el largo plazo– y la determinación de los recursos que necesita la contraloría para llevar a cabo el control concurrente puede haber sido inadecuada. 

Con todo, es razonable reconocer que a pesar del ambiente caldeado –e incluso con pedido de vacancia presidencial a cuestas– los diferentes poderes del Estado pueden trabajar juntos para sacar adelante una ley importante. O que por lo menos logran hacerlo cuando ya se tiene la soga al cuello.