(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)
Editorial El Comercio

Decíamos en el editorial de ayer que lograr un adecuado balance entre los poderes del Estado no siempre es fácil. En ocasiones, determinadas instancias sobrepasan o intentan sobrepasar sus fueros de competencia. Eso es lo que se ve en el tratamiento que le viene dando el al asunto de la inmunidad de sus miembros y que compete al Poder Judicial –escribíamos ayer–, y también se ve en la aprobación de distintas disposiciones que etran en el terreno del .

El ejemplo más reciente es la insistencia del en la ley que posibilita la en el sector público, con el objetivo de que los empleados estatales puedan organizarse para demandar en conjunto mayores ingresos y otros beneficios no salariales. Esta norma, que recogía iniciativas planteadas por Alianza para el Progreso, Frente Amplio, Acción Popular y Fuerza Popular, fue aprobada en octubre del año pasado y exonerada de segunda votación. Sin embargo, en línea con lo esperado, en diciembre quedó observada por el Ejecutivo.

La decisión del equipo liderado por el presidente fue la correcta. En primer lugar, porque abrir muchos espacios de negociación colectiva en el sector público involucra un riesgo incalculable para la sostenibilidad del presupuesto estatal, principio contemplado en la Constitución. Cualquier planeamiento responsable de las finanzas públicas demanda orden y predictibilidad en el pago de remuneraciones –de hecho, más de un cuarto del presupuesto anual se va en obligaciones de personal–. ¿Qué orden y predictibilidad puede tener un proceso en el que las casi 3.000 instituciones públicas enfrenten distintos pliegos de demandas sindicales sin máximos ni restricciones? El pedido para que los convenios colectivos o los laudos arbitrales al respecto tengan “fuerza de ley” viola lo más elemental de la Ley de Presupuesto de cada año. Adicionalmente, el hecho de que el dictamen aprobado por el Congreso también derogue el Decreto Legislativo 1442, que creaba la planilla única para el Estado, erosiona cualquier esfuerzo por controlar la cantidad de servidores públicos y sus ingresos.
En segundo lugar, el freno a la autógrafa de ley enviada por el Congreso es también importante para ensayar un ordenamiento funcional de los empleados públicos en el contexto de la ansiada reforma del Estado y la aplicación de Servir. La Ley de Servicio Civil alcanza plenamente hoy a apenas dos instituciones –Servir mismo y la ONP–. Una ley que flexibiliza sustancialmente los salarios en el sector público con cambios sujetos no a las necesidades del Estado y de la ciudadanía, sino en función de la capacidad negociadora del sindicato de turno, va en contra del espíritu de los esfuerzos de los últimos años.

Como contrapropuesta, el Ejecutivo ha enviado un proyecto de ley que reconoce la mayoría de las preocupaciones antes esbozadas con respecto a la norma original, e intenta reducir su impacto negativo. Por ejemplo, se pide que el informe económico financiero necesario cada proceso de negociación colectiva, elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), debe ser un documento público y vinculante en el proceso de negociación. Sin embargo, la insistencia del Congreso en la autógrafa de octubre se mantiene, y se ventila actualmente en la Comisión de Trabajo.

Es difícil imaginar una motivación para tamaño despropósito del Congreso, más allá de que esté intentando, a su manera, congraciarse con el casi millón y medio de que hay en el país. El precio, no obstante, es nada menos que el orden en los recursos humanos del Estado que hace años se intenta construir y, sobre todo, el equilibrio fiscal que tanto esfuerzo costó.