La laxitud frente a los preceptos constitucionales con el pretexto de la emergencia es tan peligrosa como cualquier otra. (Foto: Presidencia)
La laxitud frente a los preceptos constitucionales con el pretexto de la emergencia es tan peligrosa como cualquier otra. (Foto: Presidencia)
Editorial El Comercio

Esta semana, en medio de una sesión virtual de la Comisión de Constitución que había sido convocada para otro fin, saltó un asunto que, por incómodo o difícil de resolver en la actual situación, pocos han querido enfrentar desde el Ejecutivo o el Legislativo: la obligación que tiene el Zeballos de presentarse ante el nuevo para exponer su plan de trabajo y pedir la confianza que la Constitución exige para que este continúe oficialmente su marcha.

Como se recuerda, aunque con algunas diferencias en la nómina, los miembros del actual equipo ministerial juraron sus cargos inmediatamente después de que el presidente ordenase la disolución del Parlamento anterior, el 30 de setiembre del año pasado. Esto planteó un serio problema con respecto a lo que dispone el artículo 130 de nuestra Constitución a propósito de los gabinetes que se estrenan. A saber, que “dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general del Gobierno y las principales medidas que requiere su gestión”. “Plantea al efecto cuestión de confianza”, añade el texto.


Treinta días después de que este Gabinete hubiera asumido funciones, sin embargo, seguía sin existir representación nacional y la realidad continuaría siendo esa por varios meses más. A mediados de marzo de este año, no obstante, finalmente una nueva conformación del Legislativo quedó instalada y el reloj que marcaba el cumplimiento de los plazos para la presentación que había quedado en el limbo se echó a andar.

Comprensiblemente, la emergencia por la epidemia del en el país, declarada en esas mismas fechas, convirtió la necesidad de cumplir con el referido trance en un trámite que podía esperar… Pero no más allá del límite que el artículo constitucional ya citado permitía. Y ahora ese plazo lleva vencido dos semanas.

Se sabe que se han producido recientemente conversaciones entre el ministro y el titular del Parlamento, , con el fin de definir una fecha para una sesión virtual del pleno en la que la presentación pendiente tenga lugar, pero eso no es suficiente. La laxitud frente a los preceptos constitucionales con el pretexto de la emergencia es tan peligrosa como cualquier otra.

La idea de que el Ejecutivo solo puede hacer una cosa a la vez –luchar contra el coronavirus y nada más– es, por otro lado, absurda. Gobernar siempre supone atender una diversidad de tareas, todas urgentes, al mismo tiempo. Y lo que vivimos hoy es una versión extrema de esa realidad. Hay, por supuesto, comparecencias de distintos miembros del Gabinete ante el pleno o algunas comisiones que, por virtuales que fuesen, en este contexto resultan ociosas. Pero esta no es una de ellas.


Como tampoco lo será aquella en la que se informe a la representación nacional de los presuntos actos de corrupción que se han cometido en el sector Interior aprovechando la emergencia.

La discusión en la Comisión de Constitución a la que aludíamos al principio no derivó en acuerdo alguno para conminar a los responsables de los dos poderes del Estado comprendidos en el problema a darle una solución perentoria, porque algunos de sus integrantes arguyeron razones varias para no hacerlo. Pero la verdad es que no hay excusa valedera para que este asunto sea dejado en el aire o postergado para las calendas griegas.

El terreno de incertidumbre constitucional en el que han entrado los actos de gobierno desde que el plazo que nos ocupa se extinguió es sumamente riesgoso, y lo que hoy se soslaya por las urgencias del momento puede volver mañana convertido en un cuestionamiento de fondo y con base legal.


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