La Comisión Permanente aprobó responsabilizar a César Hinostroza de varios delitos, pero no el de pertenencia a una organización criminal. (Foto: Congreso)
La Comisión Permanente aprobó responsabilizar a César Hinostroza de varios delitos, pero no el de pertenencia a una organización criminal. (Foto: Congreso)
Editorial El Comercio

En la madrugada del viernes, la Comisión Permanente del Congreso decidió destituir e inhabilitar por diez años al suspendido juez supremo César Hinostroza por considerarlo responsable de infracciones a varios artículos de la Constitución y delitos cometidos durante el ejercicio de sus funciones. Hinostroza, como se sabe, es uno de los principales involucrados en los audios en los que se escucha a magistrados e integrantes del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) intercambiar favores, como la designación de fiscales o la promoción de otros funcionarios dentro de la judicatura. La decisión se tomó tras debatir el informe de las denuncias constitucionales contra Hinostroza y cuatro de los ex miembros del CNM, quienes también resultaron destituidos: Iván Noguera, Julio Gutiérrez Pebe, Guido Aguila, y el ahora ex presidente del organismo, Orlando Velásquez.

En la sesión, además, se aprobaron por unanimidad las acusaciones en contra de Hinostroza por patrocinio ilegal, tráfico de influencias y negociación incompatible. Sin embargo, con 18 votos en contra de Fuerza Popular (FP), la comisión resolvió no atribuir al ex juez el pertenecer a la presunta organización criminal denominada Los Cuellos Blancos del Puerto del Callao; acusación también incluida en el informe original. Se dispuso lo mismo respecto a los ex miembros del CNM.

De acuerdo con un informe de la fiscalía presentado el 15 de agosto, César Hinostroza sería el cabecilla de Los Cuellos Blancos y no Walter Ríos, el ex presidente de la Corte Superior de Justicia del Callao. La fiscal a cargo del caso, Rocío Sánchez, ha indicado que los audios y los colaboradores del caso señalan a Hinostroza como la persona que controlaba y coordinaba con Ríos, y que desde las primeras indagaciones se entendía que el ex juez supremo recibió el apoyo de empresarios, e intervino en la designación de jueces en el Callao y en el nombramiento de jueces y fiscales ante el CNM.

Queda claro, entonces, que la decisión de excluir de este delito a Hinostroza y los cuatro ex miembros del CNM tiene implicancias cuya gravedad no debe ignorarse. De acuerdo con la Constitución, debido a sus cargos, los investigados contaban con la figura del antejuicio político. Por ello, para poder iniciarles un proceso penal, se requería de la previa aprobación de una acusación constitucional, y la materia de la denuncia que ahora presente el fiscal no puede exceder ni reducir lo votado por el Congreso. Es decir, la fiscalía solo puede procesarlos por los cargos en los que el Legislativo dé su aquiescencia.

La exclusión de Hinostroza y de los cuatro ex consejeros de las pesquisas podría desbaratar la investigación a la red criminal. Primero, porque la fiscal Sánchez ha sostenido que, al no incluir al ex juez supremo, Ríos podría también solicitar que se le excluya del caso bajo la excusa de que como él no es el cabecilla, ya no habría a quién imputarle ese mando. Sin Hinostroza y los ex consejeros, además, tampoco se podría seguir indagando al denominado brazo político de Los Cuellos Blancos, ya que el Congreso se ha pronunciado solamente sobre sus delitos independientes, y a Hinostroza no le adjudica la responsabilidad como cabecilla.

Las eventuales sanciones para Hinostroza también serían menores, ya que a diferencia de los otros delitos que sí le atribuye la comisión, la pena por organización criminal es más severa –la mínima es de 15 años y la máxima, de 20–.

Tras los votos de FP, la Comisión Permanente le ha puesto un corsé a la labor de la fiscalía. Si bien los congresistas pudieron haber tenido cuestionamientos a los indicios detrás de estas denuncias, como ha indicado la vocera de FP, Úrsula Letona, frente a las dudas, abrir las puertas a una investigación judicial hubiera sido el camino más idóneo a seguir. Más aun teniendo en cuenta que, de acuerdo con jurisprudencia del Tribunal Constitucional, basta que el Congreso haya determinado que existen suficientes elementos de juicio que configuran la comisión de un delito en el ejercicio de sus funciones, para poner a un investigado a disposición de la jurisdicción penal.

Se debe agregar, también, que esta parece ser otra instancia en la que Fuerza Popular exhibe cierta actitud indulgente respecto a personas cercanas a su entorno (como se sabe, los ‘CNM audios’ revelaron alguna cercanía entre Hinostroza y el congresista fujimorista Héctor Becerril, y entre Guido Aguila y el congresista). Basta recordar la forma en que los congresistas fujimoristas miembros de la Comisión de Ética han manejado los casos que involucran a sus correligionarios.

El viernes, el congresista del Nuevo Perú, Oracio Pacori –autor del informe visto el jueves en el Congreso– anunció que evalúa presentar una reconsideración para que la comisión pueda revisar el sentido de su voto. Sin embargo, con prescindencia de que el pedido sea admitido, lo cierto es que una rectificación no borrará que la mayoría parlamentaria ha dado muestras de tener ya un prejuicio formado sobre aquello que la fiscalía podría esclarecer.