1915: Estadística demográfica
1915: Estadística demográfica
Redacción EC

Mediante una resolución suprema se ha establecido el Servicio de Estadística Demográfica en las municipalidades. Así, pues, estas entidades cuidarán del funcionamiento de ese servicio en sus respectivas jurisdicciones y en las estadísticas se hará constar todos los nacimientos, matrimonios y defunciones que ocurran, en la forma y condiciones prescritas en las sección pertinente del Código Civil. Los consejos provinciales remitirán a la Dirección de Salubridad Pública, durante los 20 primeros días de cada mes, copia de las inscripciones verificadas en su propia oficina de estadística y los documentos recibidos de los consejos distritales. Los párrocos darán constancia de los matrimonios, bautismos y defunciones, incurriendo, si no lo hacen, en la responsabilidad legal correspondiente.