Impuesto a la Renta: qué necesitas para pagar menos impuesto
Impuesto a la Renta: qué necesitas para pagar menos impuesto
Iván Alonso

El adelanto del que las empresas formales tienen que pagar mes a mes es una buenísima idea. Buena para el fisco, que recibe ingresos más o menos con la misma periodicidad con la que tiene que pagarles a sus empleados y proveedores. Buena también para el contribuyente, que en lugar de sufrir un sablazo del 28% de sus utilidades al final del año, va pagando poco a poco y luego completa la diferencia, lo que se conoce como regularización.

Dicen, sin embargo, que el diablo está en los detalles. Tratándose de impuestos, está, en realidad, en todas partes.

La norma dispone que las empresas paguen como adelanto el 1,5% de sus ventas mensuales. Haciendo esos pagos, no quedaría nada por regularizar si la proporción entre las utilidades y las ventas anuales fuese de aproximadamente 5%. Eso puede ser mucho o puede ser poco, dependiendo del tipo de negocio y de la situación económica, pero presumiblemente la y el determinaron en su momento que era un promedio representativo para la generalidad de empresas y para las subidas y bajadas del ciclo económico.

Pero el 1,5% no es una regla absoluta. El porcentaje exacto se calcula siguiendo el método de Jalisco, que rige todos los cálculos tributarios. Cuando una empresa tiene un año mejor que el promedio, el porcentaje de adelanto se ajusta automáticamente hacia arriba. Digamos que sus ventas crecen más de lo previsto, absorbiendo rápidamente los costos fijos, o que sus márgenes se elevan; y que, como resultado, sus utilidades aumentan a un 6% de sus ingresos totales. Eficiencia o pura suerte, pero el próximo año ya no pagará como adelanto del Impuesto a la Renta el 1,5%, sino el 6% de sus ventas mensuales.

Lamentablemente, según las leyes de la estadística, a un año mejor que el promedio suele seguirle otro peor que el promedio. Lo más probable es que sus ventas no crezcan tan rápido o que sus márgenes de ganancia se estrechen. Y justo cuando la liquidez más lo aprieta, su contador le dirá que tiene que girarle el 6% de sus ingresos mensuales a la Sunat.

Pero no ocurre a la inversa. Si su empresa no da un centavo de utilidades este año, eso no significa que el próximo no tenga que pagar adelantos. Ni menos, que en caso de arrojar pérdidas, la Sunat le reintegre un porcentaje de sus ventas mensuales. De ninguna manera. Vuelve, en ambos casos, al 1,5%.

Quizá este sistema funcione bien para el fisco, pues tiene un efecto contracíclico en la recaudación. Saliendo de un año bueno para entrar a uno regular, las utilidades de las empresas caen, pero la Sunat retiene un porcentaje mayor de las ventas. Y cuando las utilidades suben, cobra un porcentaje más bajo –el que corresponde a la rentabilidad del año anterior–, pero de una torta más grande. Para las empresas, en cambio, tiene el efecto contrario. Cuando la rentabilidad sube, el porcentaje que tienen que pagar por adelantado es menor; pero cuando cae, tienen que pagar un porcentaje más alto, porque se calcula en función de la rentabilidad del año anterior.

La norma, en resumen, juega en contra de la liquidez de la empresa, sobre todo en períodos de desaceleración como el que estamos viviendo. Un decretito para modificarla, si acaso no hubiera vencido ya el plazo de las facultades extraordinarias otorgadas por el Congreso al Gobierno, no estaría de más.