censura
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Andrés Calderón

En mis dos últimas columnas he abordado el tema de la , a raíz de dos casos en donde se tejieron teorías conspiratorias (Gustavo Gorriti con Facebook y Josefina Townsend con RPP) que luego –centenas de insultos en Twitter de por medio– se probaron falsas.

En medio de tanta bilis, se generó una discusión interesante: ¿puede en algún caso un privado censurar a un periodista? Analicemos algunos supuestos.

Una televisora despide a una periodista punzante ante el reclamo del presidente de la República. No hubo censura directa. El presidente no revocó la concesión del canal ni un juez ordenó levantar un programa del aire. Pero sí hubo una censura indirecta. La presión de un funcionario con ese poder coercitivo, capaz de cerrar un medio de comunicación, fue la causa del retiro de la periodista.

Hay otros ejemplos de censura indirecta: cuando el Ejecutivo deja de colocar publicidad estatal en un medio de comunicación en respuesta a su línea editorial crítica, o cuando una bancada parlamentaria asedia a un periodista que los investiga con citaciones y requerimientos absurdos.

Prima hermana de la censura indirecta es la autocensura. Por temor a represalias del poder estatal, un medio de comunicación calla algunas voces o algunos mensajes críticos. La autocensura puede ser el resultado de acciones de censura directa cometidas contra otros medios de comunicación o de censura indirecta contra el mismo medio.

Pero, ¿qué pasa cuando el medio de comunicación decide “autocensurarse” por razones editoriales o de estilo? Por ejemplo, resuelve no investigar casos de corrupción porque no quiere comprarse el pleito. Elige no ser muy crítico en sus editoriales y ser, más bien, propositivo. Escoge a periodistas que no sean muy inquisitivos en sus entrevistas porque quiere “llevar la fiesta en paz”.

¿Es válido que un medio de comunicación opte por una posición tan dócil? Sí. ¿Es éticamente cuestionable? Sí. ¿Es ilegal? No. Nadie puede imponerle una orientación ni línea editorial, por más indulgente que esta sea. Del mismo modo, nadie puede obligar al público a leer o sintonizar ese medio de comunicación, por lo que seguramente ese estilo le pasará factura.

Un escenario más complejo se presenta cuando el medio de comunicación se autocensura por conveniencia política o empresarial. No se trata solo de un estilo “cortés”. Y, entonces, sacan a periodistas o evitan publicar investigaciones que chocan con un grupo político. O miran para el otro lado cuando una empresa socia o amiga ha realizado algo indebido.

Al hacer eso, los medios de comunicación traicionan a su público. Ponen sus propios intereses por encima de los de su audiencia. Es una especie de engaño el no advertir claramente que su cobertura periodística está determinada por esas conveniencias o amistades.

Sin embargo, ¿puede decir algún medio de comunicación que está libre de cualquier interés empresarial o político? Piense, amable lector, cuando mira ese programa dominical, sintoniza esa radio por las mañanas, revisa esa portada o lee ese blog, ¿no nota un sesgo? ¿Una tendencia pro empresa o antiempresa? ¿Una inclinación a favor de un político o una animadversión hacia otro?

Hay muchas decisiones periodísticas que podemos pensar que son interesadas o auténticas, pero desde afuera nunca sabremos qué pasó por la mente de quien diseñó una portada, canceló un programa o levantó una nota.

Por ello, veo difícil y peligroso establecer una sanción legal para los casos de “censura privada” o autocensura. La mejor sanción (o premio), finalmente, es la reputación. Los periodistas y medios de comunicación se la juegan día a día. Y a diferencia de las sanciones legales, las reputacionales no prescriben ni caducan.