La participación en las utilidades, por Iván Alonso
La participación en las utilidades, por Iván Alonso
Iván Alonso

En esta época del año comienzan las empresas a repartir entre sus funcionarios y trabajadores la participación en las utilidades del ejercicio anterior que por ley les corresponde. Se trata de un derecho consagrado en la . Y como otros “derechos” laborales, perjudica, en nuestra opinión, más de lo que favorece a sus presuntos beneficiarios.

El principio económico fundamental, que las normas laborales sistemáticamente desconocen, es que una empresa contratará a un trabajador si y solamente si lo que produce vale más de lo que cuesta mantenerlo en planilla. Pero ese costo no está limitado al sueldo que se le paga: la participación en las utilidades y todos los demás “beneficios sociales” son también parte del mismo. Si la ley obliga a distribuir una parte de las utilidades entre los trabajadores, otros componentes de la remuneración tendrán que ajustarse hacia abajo. Es ingenuo pensar que los departamentos de recursos humanos no tomarán en cuenta las utilidades proyectadas y la participación que le correspondería a cada trabajador a la hora de fijar los sueldos que la empresa está dispuesta a pagar.

Las empresas no ignoran que sus utilidades dependen, en parte, de circunstancias que están totalmente fuera de su control; pero también de la eficiencia con la que se desempeñe su personal. Es evidente que tratarán de recompensar esa eficiencia. No porque la ley se lo exija, sino por su propia conveniencia. Es un incentivo para que la gente haga sus mejores esfuerzos; y una manera de retener el talento y evitar que se vaya a la competencia. Por eso es que voluntariamente les pagan bonos a sus trabajadores. Más, obviamente, a quienes por su posición pueden tener mayor influencia en los resultados; y menos, si acaso, a los demás.

El gerente general, como principal responsable por los resultados de la empresa, suele ser el que recibe el bono más alto. Posiblemente una cantidad mucho mayor que lo que le tocaría como participación en las utilidades. Estas últimas vienen a ser, en efecto, solamente un pago a cuenta del bono que la empresa de cualquier manera le otorgaría.

Las cosas son diferentes en el otro extremo de la escala salarial. El empeño que pongan los operarios de la planta puede contribuir a aumentar la producción o reducir los costos, pero no será tan determinante como las buenas o malas decisiones que tome un gerente comercial. A la empresa no le queda sino acatar la ley, pero si la participación de un operario en las utilidades excede el bono que la empresa voluntariamente le daría, el sueldo que se ofrece para esa posición tenderá a ser menor.

Para los trabajadores de menores ingresos, que por la naturaleza de sus funciones son los que menos influyen en los resultados de la empresa, el principal efecto de la participación en las utilidades es el de forzarlos a aceptar una mayor variabilidad en sus ingresos. Habrá años en los que reciban muchas utilidades, otros en los que reciban pocas y otros en los que no reciban nada. Pero, en promedio, su participación en las utilidades, sumada al sueldo y los otros beneficios, no puede estar por encima de lo que producen. Si se les da una remuneración variable, el componente fijo de su remuneración tiene que ceder, porque el simple hecho de que un mandato constitucional ordene repartir utilidades no los hace más productivos.