A fines de los aos 80 del siglo pasado la economa peruana haca agua por todos lados. El sistema tributario, en particular, generaba distorsiones en la asignacin de recursos e impedimentos para el crecimiento futuro, segn un estudio del Banco Mundial. Una de las causas de ese desorden era la proliferacin de exoneraciones y subsidios.
El impuesto a la renta de personas jurdicas tena una escala de tasas diferenciadas de acuerdo con el nivel de utilidades. La agroindustria, la pequea minera y otras actividades estaban exentas, as como las nuevas empresas constituidas en la selva o en zonas de frontera. Los exportadores no tradicionales reciban un reintegro tributario. Las personas naturales podan deducir de su renta imponible hasta media UIT por la compra de plizas de seguro y hasta tres UIT por gastos mdicos.
La complejidad del sistema dificultaba su administracin y erosionaba los ingresos fiscales. Pero, sobre todo, distorsionaba las decisiones econmicas. En un entorno as, las inversiones no se guan tanto por la rentabilidad intrnseca de tal o cual actividad, sino por sus ventajas y desventajas tributarias. Poco a poco, los recursos se van orientando a usos que no son los que crean ms valor para la sociedad.
La reforma tributaria fue, por eso, una de las ms importantes de los aos 90. Consisti bsicamente en simplificar el sistema, eliminando exoneraciones y reduciendo la dispersin de las tasas impositivas. Un sistema ms neutral, con menos distorsiones, facilit el crecimiento econmico de las dos ltimas dcadas.
El ministro Alfredo Thorne est desandando el camino. Los decretos legislativos promulgados al amparo de las facultades delegadas por el congreso introducen nuevas y viejas distorsiones.
El decreto que permite deducir de la renta imponible un porcentaje de los alquileres, honorarios mdicos y otros gastos personales abarata artificialmente estos servicios en relacin con otros artculos de consumo. La gente alquilar casas ms grandes y visitar ms a su mdico, pero no porque sus necesidades hayan cambiado, sino porque las deducciones trasladan una parte del costo al estado.
Otro decreto crea un rgimen especial para empresas que vendan hasta 1,700 UIT (siete millones de soles) al ao. Pagarn 10% por las primeras 15 UIT de utilidades y a partir de all 29.5%. Pero al cruzar ese umbral de ventas perdern el derecho a la tasa reducida, y las tres UIT de ahorro que sta supona regresarn como una carga adicional. Adems, las que vendan menos de 300 UIT pagarn mes a mes el 1% de sus ventas a cuenta del impuesto a la renta, mientras que el resto paga el 1.5%. Si eres mipyme, mejor no crecer.
Un tercer decreto extiende el beneficio de la devolucin anticipada del IGV a las micro, pequeas y medianas empresas que adquieran bienes de capital. Aquellas que no necesiten invertir en ese tipo de bienes, pero s en capital de trabajo, recibirn un tratamiento distinto.
La lista sigue con ayuda de otros ministros. El aumento del drawback es, en efecto, una reduccin arbitraria del impuesto a la renta para ciertos exportadores. Y el beneficio tributario para empresas que pongan nuevos trabajadores en planilla har que algunas personas dejen ciertas ocupaciones por otras en las que son menos productivas, pero donde, gracias al subsidio, pueden ganar ms.