Vacío legal impide sanciones a empresas distribuidoras de agua
Vacío legal impide sanciones a empresas distribuidoras de agua
Redacción EC

La alertó que existen vacíos legales para sancionar a las empresas distribuidoras de agua de dudosa calidad para el consumo humano. Situación que ha sido denunciada por pobladores de distintos partes del país.

La jefa del Área de Servicios Públicos de la Defensoría del Pueblo, Giannina Avendaño, indicó que en los distritos de Mollendo y Cocachacra, en , por ejemplo, acusan a Sedapar por el abastecimiento de agua con altas concentraciones de “Arsénico y Boro”. En Tacna, la Dirección Regional de Salud determinó que el agua distribuida por EPS Tacna S.A. “no cumple con los Límites Máximos Permisibles (LMP) para Aluminio y Arsénico”.

Hizo hincapié además en que las multas para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS) así como municipalidades y proveedores de las zonas rurales, no han sido aprobadas por el Ministerio de Salud.

“La Defensoría del Pueblo ha recomendado al viceministerio de Salud agilizar la aprobación de normas complementarias que permitan la aplicación concreta del Reglamento de Calidad del Agua para Consumo Humano, entre los que se encuentran los criterios para establecer las sanciones, los lineamientos para la elaboración de los planes de control de calidad del agua y los procedimientos para la declaratoria de emergencia”, precisó la representante de la Defensoría del Pueblo.

La Defensoría además remarcó que las Direcciones Regionales de Salud no puede aplicar medidas correctivas ante un caso de comprobado suministro de agua contaminada. En ese sentido también recomendó que la Sunass asesore a las empresas distribuidoras a fin que sean mejorados los procesos de tratamiento.

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