(Foto: El Comercio)
(Foto: El Comercio)
Redacción EC

Los electores que no ejercieron su voto en las del 7 de octubre recibirán una multa escalonada de acuerdo al nivel de pobreza del distrito que figura en su D.N.I., se informó en el portal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ().

Distrito considerado No pobre: S/83
Distrito considerado Pobre no extremo: S/41.50
Distrito considerado Pobre extremo: S/20.75

La ONPE precisó que el voto fue obligatorio para todos los ciudadanos peruanos residentes - a partir de los 18 años- en los distritos donde se llevaron a cabo este proceso electoral. Para los mayores de 70 años, el voto fue facultativo.

-Multa para miembros de mesa-

Quienes salieron elegidos como miembros de mesa (titular o suplente), y no cumplieron con el deber de asistir para ejercer esta función en las elecciones de octubre, deberán pagar una multa de S/207.50

A los ciudadanos que no cumplieron con la función de ser miembro de mesa y a la vez no asistieron a votar, se les impondrán dos multas: una por omiso a instalación de mesa y otra por omiso al sufragio.

- ¿Peruanos que están en el extranjero tendrán multa?-

Cuando un ciudadano está fuera del país y en su D.N.I. figura como dirección cualquier distrito del Perú, mantiene su obligación al sufragio y al cargo de miembro de mesa en caso salga sorteado. Por lo tanto, se le impone la multa correspondiente en caso de que no concurrió al sufragio y ejerció el cargo de miembro de mesa.

Si la persona está fuera del país por motivos de salud o de estudio debió haber tramitado una justificación por sufragio ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad a cargo de otorgar las dispensas después de un proceso electoral.

Síguenos en Twitter como

Contenido sugerido

Contenido GEC