Sunedu fue investigada en 2018 por la Comisión de Educación, presidida en ese momento por Paloma Noceda. (Foto: GEC)
Sunedu fue investigada en 2018 por la Comisión de Educación, presidida en ese momento por Paloma Noceda. (Foto: GEC)
Redacción EC

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (), a través del superintendente Martín Benavides, envió a la Comisión de Educación del Congreso un documento en el que responde los cuestionamientos en que se vio envuelto en las últimas semanas. 

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El oficio enviado incluye la relación de las Contrataciones Administrativas de Servicios (CAS) actuales, todos los contratos CAS del personal de la Sunedu, la relación de las órdenes de servicio que contienen la información sobre los servicios, proveedores, costos, plazos de ejecución y productos específicos generados por los
servicios de terceros actuales.

Además, enviaron sus respuestas sobre diversos aspectos de la gestión de la Sunedu para despejar dudas de la comisión.

Como se recuerda, la Comisión de Educación solicitó, el pasado 2 de setiembre, investigar por 120 días a la Sunedu debido a presuntas irregularidades. En una reciente sesión, la congresista Tamar Arimborgo —presidenta del grupo—indicó que "hasta el momento se han encontrado irregularidades a Sunedu, asesorías de 80 mil soles mensuales, como irregularidades en contratos CAS". 

La moción presentada por la Comisión de Educación sustenta una "inadecuada" gestión de recursos humanos al carecer de un Clasificador de Cargos y de documentos de gestión que le permitan determinar de manera fehaciente el número de que se necesita, el perfil del personal a contratar y los requisitos para el cargo; lo cual ha conllevado a contar con personal que no cumplen con la idoneidad, el perfil y la experiencia profesional en gestión universitaria; contraviniendo el principio meritocrático en la selección de personal.

Según la comisión, se advierten presuntas contrataciones direccionadas que habrían transgredido lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley de Contrataciones del Estado. De acuerdo con la moción, esto se habría evidenciado con la contratación, en más de una oportunidad y durante un mismo período presupuestal, de un mismo consultor para la realización de varios servicios por montos iguales o inferiores a 8 UIT con el objeto de evadir la aplicación de la ley, privilegiando la contratación determinadas.

Finalmente, según la comisión se advierte que el proceso de licenciamiento institucional no se encuentra compendiado y sistematizado en el Texto único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sunedu.

—Las respuestas de la Sunedu—

La Sunedu precisa que su presupuesto para el año fiscal 2019 —Presupuesto Institucional Modificado (PIM)— es S/76'436.902. De este total, S/72'923.946 están destinados a las funciones institucionales, y la diferencia corresponde a previsión social.

De la partida relativa a bienes y servicios (S/71'318.380), S/668.602 se destinan a la adquisición de bienes, mientras que los S/70'649.778 restantes se encuentran destinados a la contratación de servicios.

De estos conceptos, las Contrataciones Administrativas de Servicios (CAS), cuenta con S/39'395.379, y la contratación de Servicios Profesionales y Técnicos cuenta con S/23'464.463, los cuales incluyen la contratación del servicio de impresión de carnets universitarios (S/ 5'062.200) y de servicios de terceros (S/18'402.263).

"Dado que las funciones de la Sunedu están vinculadas al licenciamiento de universidades, la supervisión de universidades, la administración del Registro de Grados y Títulos, y la fiscalización y
sanción en la educación superior universitaria, el presupuesto de la Sunedu está principalmente destinado a la Contratación Administrativa de Servicios (CAS) y de servicios profesionales y técnicos, pues estos son los recursos que le permiten ejecutar las actividades. Cabe señalar que estas actividades han ido incrementando desde que la Sunedu empezó su funcionamiento en el año 2015 hasta la fecha", indican en el oficio.

(Imagen: Sunedu)
(Imagen: Sunedu)
(Imagen: Sunedu)
(Imagen: Sunedu)

—Remuneraciones bajo el régimen CAS—

La Sunedu explicó que todas las contrataciones de su personal están enmarcadas en el presupuesto institucional, aprobado por el Congreso para cada año fiscal, y se respeta el monto máximo por concepto de remuneración mensual.

Es decir, "ningún servidor público bajo el régimen CAS en la Sunedu puede ganar más de 15.600 soles mensuales", precisa el oficio.

Remuneraciones CAS. (Imagen: Sunedu)
Remuneraciones CAS. (Imagen: Sunedu)

—Contratación de consultorías—

Durante el 2018, la Sunedu ejecutó 5 servicios de consultorías por un monto total de S/198.000, que equivalió al 0,26% del Presupuesto de dicho año. 

Para este 2019, la Sunedu "no ha programado ni ejecutado recursos para la contratación de consultorías tanto en el Presupuesto Institucional de Apertura ni en su Presupuesto Institucional
Modificado", informaron. 

Refirieron que las consultorías que fueron investigadas por el Congreso corresponden a la gestión 2015-2018, sobre las que la superintendencia brindó información, precisaron.

—El licenciamiento de universidades—

Respecto al proceso de licenciamiento de las universidades, la Sunedu aclaró que este es un seguimiento "estrictamente técnico" para otorgar o denegar la solicitud de licencia institucional.

"El Consejo Directivo de la entidad la dirige y, entre otras funciones, emite los pronunciamientos finales de las evaluaciones de las condiciones básicas de calidad en las universidades", indica el oficio. Esta es la instancia responsable de aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitaria bajo su competencia.

Respecto a quiénes integran el Consejo Directivo, son profesionales elegidos mediante concurso público y con el perfil para asegurar la calidad sobre las decisiones de la Sunedu

—Recomendaciones del OCI y el TUPA—

La Sunedu informó que de las 19 recomendaciones recibidas por el Órgano de Control institucional (OCI), ninguna se refiere a alguna irregularidad en los procesos de contrataciones CAS ni de
consultorías. "Se encuentran relacionadas a la mejora tecnológica de los procesos de gestión interna de la institución y están dentro del plazo programado en los planes de acción presentadas al OCI". 

Finalmente, precisan que los procedimientos que deben estar en el TUPA según la Ley de Procedimiento Administrativo son los considerados “de parte”. Es decir, aquellos en los que el administrado puede decidir si es que los inicia o no, pues él es el único interesado.

"El licenciamiento no es un procedimiento de parte. Por el contrario, se trata de un proceso obligatorio para todas las
universidades del país. Ello no es facultativo porque precisamente existen terceros que podrían afectarse (estudiantes) y el Estado debe garantizar su derecho a recibir educación de calidad", indican.

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