También aseveró que la asociación no fue un acto ilegal, ya que no es opuesto a la Constitución. Tampoco es un acto arbitrario “porque ninguna de las dos partes ejerce funciones de autoridad pública”. (Foto:
También aseveró que la asociación no fue un acto ilegal, ya que no es opuesto a la Constitución. Tampoco es un acto arbitrario “porque ninguna de las dos partes ejerce funciones de autoridad pública”. (Foto:

El ex presidente del Tribunal Constitucional Vctor Garca Toma consider que la accin de amparo presentada por un grupo de periodistas contra la asociacin entre El Comercio y Epensa no debera proceder.

En un foro sobre el tema, organizado por el Centro Liber, el tambin ex ministro de Justicia seal que el amparo no era la va adecuada para esclarecer el caso, debido a que existen otras igualmente satisfactorias.

Indic que una opcin era el proceso de nulidad de acto jurdico, que se ventila en el proceso de conocimiento ante el Poder Judicial. La segunda podra ser el abuso de posicin dominante que se ventila en Indecopi.

Adems, Garca Toma difiri del argumento de los demandantes en torno a que en la asociacin comercial se est produciendo el derecho difuso.

Coment que la libertad de expresin y de informacin son derechos mixtos, as como derechos polticos, ya que la opinin pblica se consolida a travs de la expresin e informacin.

Dijo que en la demanda se seala que son derechos difusos, y que esta cita una sentencia del Tribunal Constitucional, en la cual no se menciona el trmino.

Tambin asever que la asociacin no fue un acto ilegal, ya que no es opuesto a la Constitucin. Tampoco es un acto arbitrario porque ninguna de las dos partes ejerce funciones de autoridad pblica. Acot que tras la operacin se ha mantenido el criterio de que cualquier persona puede fundar un medio escrito. Mencion el caso del diario Exitosa, que circula desde este ao.

Asimismo, dijo que en el Per existe pluralidad de fuentes de informacin y que el Estado da garantas para acceder a estas.

Precis que el trmino concentracin, usado en el caso, no existe en el lxico ni en el contenido constitucional.

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Por su parte, el jurista y ex presidente del Tribunal Constitucional Csar Landa, quien tambin particip en el foro, consider que en la operacin hubo un supuesto de infraccin constitucional, en referencia al artculo 61 de la Carta Magna.

Afirm que, si bien la Constitucin no pone lmite a los medios escritos, el hecho de que no haya un coto puede llevar a que una empresa pueda obtener el 100% del mercado.

Como no hay regla, puede darse un monopolio natural, por eficiencia inclusive.

Por ello plante que debera haber un lmite.

Mencion ejemplos de pases en los que hay un tope, como Estados Unidos o Francia.