Karem Barboza Quiroz

El expresidente y su esposa Nadine Heredia, por la recepción de aportes de las empresas Odebrecht y OAS, así como de Venezuela.

La fiscalía solicitó para ellos, penas de 20 años y 26 años, respectivamente, al acusarlos de haber construido una organización criminal para el blanqueo de capitales a través de aportes al Partido Nacionalista y otros medios, en sus campañas electorales del 2006 y 2011.

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Según la imputación fiscal, las empresas brasileñas habrían entregado US$ 3 millones a las campaña del 2016 y a través de la empresa Todo Graph se habría blanqueado capitales de Venezuela en el 2006.

Actualmente, es el Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional el que lleva adelante el juicio, el mismo que se encuentra en la etapa de declaración de testigos.

Se espera que para el 16 y 17 de enero de 2023, Marcelo Odebrecht y Jorge Barata -los principales testigos del caso contra Humala y Heredia- puedan ser interrogados luego de que se reactivara la cooperación internacional con la justicia de Brasil en la segunda semana de diciembre.

En un fallo reciente, la Corte Suprema de Justicia rechazó un recurso de casación mediante el que los investigados solicitaban que descartar el delito de lavado de activos. Lo que buscaban es que el máximo órgano del Poder Judicial indicara que los hechos por los que vienen siendo procesados se vinculaban con un presunto financiamiento ilegal de partidos políticos, delito tipificado recién en el 2019.

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No obstante, el tribunal rechazó dicha tesis y precisó que la imputación se enmarca dentro del delito de lavado de activos, pero para determinar la licitud o no de los aportes, debían de analizarse las pruebas en el juicio oral.

Además, precisó que el delito de lavado de activos se comete incluso cuando se ha participado en una de las etapas del ciclo criminal (colocación, intercalación e integración) y no era necesario que la persona imputada haya participado en todas obligatoriamente para ser objeto de persecución penal.

Se espera la declaración de Marcelo Odebrecht y Jorge Barata para enero del 2023 en el juicio contra Ollanta Humala.
Se espera la declaración de Marcelo Odebrecht y Jorge Barata para enero del 2023 en el juicio contra Ollanta Humala.


Sienta un antecedente jurídico

En diálogo con El Comercio, Iván Meini, exprocurador anticorrupción, comentó que la reciente resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, si bien no es un precedente vinculante, sí es un antecedente emitido por la más alta instancia judicial del Perú.

Por tanto es de presumirse que en los procesos e investigaciones similares en los casos de Lava Jato, los jueces resuelvan de manera similar.

“Sienta un antecedente que se considera será respetado por otros jueces y en otros casos como el de Keiko Fujimori y otros que hayan recibido bienes de origen ilícito bajo supuestas donaciones, tendrán que probar en juicio oral si es que tenían origen ilicito o conocían su origen ilícito”, sostuvo.

Es decir, agregó, “no cabe deducir excepciones y frustrar una investigación de esa manera” a través de similares recursos como los de Humala; sino que tendrá que debatirse en un juicio.

En apreciación de Meini, la Corte Suprema ha establecido que el lavado de activos es un delito que se puede cometer de distintas maneras. Ya sea convirtiéndo o transfiriendo bienes de orígen ilícito, ocultando o teniendo esos bienes de origen ilícito, transportándolo o ingresándolos a territorio nacional.

Recordó que la propuesta argumentativa de la defensa del expresidente Humala y otros procesados sugería una lectura " bastante caprichosa” de lavado de activos; ya que entendían que la persona que se le imputase este delito debería haber participado en las tres etapas: colocación, intercalación e integración. Ello, pese a que la Ley y la jurisprudencia sostienen que no es así.

“El lavado de activos es un delito de medios alternativos (etapas), es decir participar en cualquiera de las alternativas constituye delito. Por tanto, la consecuencia más evidente es que el proceso contra el expresidente Humala continúa y tendrá que defenderse en un juicio oral; y allí se determinará si sabía o no el origen ilícito del dinero que recibía”, expresó.

Respecto a la probanza de que si Humala y otros, tenían o no conocimiento de que los aportes eran o no ilícitos, dijo a partir de la prueba indiciaria se puede construir una argumentación que permita imputar el conocimiento, o sea el dolo.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvió que el juicio de Ollanta Humala continue siendo procesado por el presunto delito de lavado de activos. (Foto: Poder Judicial)
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema resolvió que el juicio de Ollanta Humala continue siendo procesado por el presunto delito de lavado de activos. (Foto: Poder Judicial)


Consideró que hay datos objetivos que pueden servir de base para probar que efectivamente se conocía o podía estar presumiendo el origen ilícito, porque si no hubiese sido así, no hubiese ningún problema que declare el aporte públicamente como donaciones a campaña. Pese a ello, según hipótesis de la fiscalía, se han buscado falsos aportantes, se ha ocultado y se ha ‘pitufeado’.

“¿Cuáles son esos elementos objetivos? El que no se haya declarado públicamente (el aporte), el que se haya mantenido públicamente, el que el donante no lo haya bancarizado, el que lo hayan pitufeado, el que se hayan bsucado aportantes falsos para intentar justificar esos aportes”, remarcó.

A criterio de Meini, aceptar la tesis de la defensa de Humala, Heredia y otros procesados, iba a “generar una grosera impunidad” puesto que conllevaría a que organizaciones criminales que se dedican a ocultar bienes de origen ilícito no pudiesen ser investigadas o sancionadas por lavado de activos porque no realizaban todas las etapas del delito.

“El delito de lavado de activos es un delito complejo y la propia la ley establece que son tres modalidades completamente autónomas entre sí; por tanto lo que ha hecho la Corte Suprema es zanjar una controversia y; entiendo yo, de una manera jurídicamente correcta”, agregó.

Por todo ello, reiteró que la decisión de la Corte Suprema es una resolución jurídicamente correcta, donde no se ha hecho sino aplicar la ley vigente; y que por tanto va cerrar una discución en torno a si el delito de lavado de activos necestiba para su configuración que se intervengan en sus tres etapas o no.

A partir de allí, dijo Meini, los fiscales van a tener más posibilidades de investigar los delitos de lavado de activos, ya que habrá más claridad para los jueces y eso va a permitir que las investigaciones fiscales se orienten y s estructuren de una manera más rápida y se facilite que se investigue en menos tiempo .

Aporte ilícito puede ser lavado de activos

El penalista Javier Aguirre explicó, a su turno, que este caso es importante y pertinente en la medida que se iba a establecer si los aportes de campañas políticas o donaciones, podían considerarse delito de lavado de activos o no.

Ahora, con su fallo, señaló el abogado, la Sala Penal Suprema ha establecido que los aportes de campañas son delito en principio y que la discusión se va a centrar en el juicio oral a Humala.

“La consecuencia legal de esta resolución que declara infundada la casación de Humala es que tendrá que demostrar que él sabía que la plata era legal. Y sí van a seguir para los otros casos como los de Keiko Fujimori”, dijo.

Precisó que la casación en sí es un tema técnico-legal vinculado a una acción de improcedencia de acción. Ello significa que lo que se analizó la Corte Suprema es que si el hecho que le imputan a Humala y otros, “es o no un delito de lavado de activos, mas no se discute la prueba del caso”.

“El delito es como si fuera un círculo y le imputan un hecho. Si ese hecho está dentro de ese círculo, es delito. Si ese hecho está fuera del círculo que sería el lavado de activos, no es delito. No estamos discutiendo si sabía o no sabía que ese dinero era ilícito. Simplemente se discute si calza o no los hechos en el lavado de activos”, expresó.

Aguirre señaló también que lo establecido por la Corte Suprema en este caso es que basta que se reciba el dinero ilícito para que tipificar el delito de lavado de activos.

Como se recuerda, la defensa de Humala consideraba que al no completarse el círculo de lavado de activos (colocación, intercalación e integración) no se podía tipificar dicho delito.

“El tema central era si es o no delito de lavado de activos el recibir dinero ilícito de las empresas en campañas políticas. La Corte Suprema ha establecido que sí, que sí es el delito penal de lavado de activos”, enfatizó.

Respecto a su aplicación de este fallo para otros investigados en el Caso Lava Jato, el abogado indicó que se debe analizar caso por caso, pero que sí influirá.

“Una cosa es el caso del señor Ollanta Humala, Nadine Heredia, de su hermano Ilan y de Julio Torres Aliaga. Otra cosa es caso es el de Keiko Fujimori y sus partidarios; y otro es el del señor Pedro Pablo Kuczynski. Cada uno tiene su particularidad y obviamente este fallo influirá en cada uno de estos casos, pero no puedo decir que será igual”, concluyó.

Fallo marca una pauta

El abogado Augusto Linares, explicó que el pronunciamiento de la Corte Suprema, marca una pauta de posibles futuros pronunciamientos relacionados a donaciones a campañas.

“Lo que hace es identificar si los hechos que atribuye el fiscal a los investigados, sin analizar las pruebas, configuran o no el delito de lavado de activos. Es decir, si los cargos que le están atribuyendo están recogidos en el Código Penal como criminales o no”, señaló.

En esa línea, sostuvo, el tribunal supremo ha indicado que para poder determinar si las donaciones a las campañas políticas provienen de origen ilícito o no, este aspecto se deberá analizar la actividad probatoria.

Pedro Pablo Kuczynski y Keiko Fujimori también son procesados por el Caso Lava Jato por el presunto delito de lavado de activos (Foto: Andina)
Pedro Pablo Kuczynski y Keiko Fujimori también son procesados por el Caso Lava Jato por el presunto delito de lavado de activos (Foto: Andina)

El abogado recordó que, en su momento, cuando se incorporó el delito defuente de financiamiento legalmente prohibido se especuló mucho que esto se orientaba a favorecer a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, investigada por lavado de activos.

Por tanto, si el Poder Judicial reconocía que estos caasos de Lava Jato eran delito de financimiento prohibido de partidos políticos, “se caía el de lavado de activos”.

“Si le hubieran dado la razón a los solicitantes hubieran tenido que admitir que cualquier incidente de lavado de activos donde se cuestione que el origen del dinero estaba calificado dentro del financimiento de partidos políticos, y todos los casos a futuro hubieran tenido que seguir la misma suerte”, dijo.

También advirtió que el tribunal supremo ha establecido que cuando se está siendo procesado como parte de una organización criminal, más allá de lo creíble o no de la imputación, “cada comportamiento aislado configura y favorece al delito de lavado de activos”. De tal manera, comentó, no es verdad que las personas tenga que ejecutar todos los elementos del delito de lavado de activos para cometer dicho crimen.

Finalmente, remarcó que si bien lo resuelto por la Corte Suprema no es vinculante, sí marca la línea de interpretacion sobre cómo se debe resolver excepciones de improcedencia de acción en casos como Lava Jato.

“Definitivamente se verá como lavado de activos porque la Sala ya rechazó que se vea como un delito de fuente de financiamiento legalmente prohibido”, anotó.

Lee aquí la resolución de la Corte Suprema