Las solicitudes pueden tramitarse a través de la mesa de partes virtual externa de la ONPE, publicada en su página web institucional, donde se verificará el cumplimiento de los requisitos. (Foto: ONPE)
Las solicitudes pueden tramitarse a través de la mesa de partes virtual externa de la ONPE, publicada en su página web institucional, donde se verificará el cumplimiento de los requisitos. (Foto: ONPE)
Redacción EC

La (ONPE) informó que en Lima, Áncash e Ica se registran la mayor cantidad de solicitudes para adquirir el kit electoral a fin de recolectar firmas de adherentes para la revocatoria de autoridades regionales y municipales, que a la fecha suman en total 174.

En un pronunciamiento, la institución precisó que, hasta el viernes 9 de octubre, en Lima se han tramitado 38 solicitudes, 33 en Áncash y 23 en Ica, haciendo entre estas tres regiones 94 requerimientos.

Con menor cantidad de expedientes figuran Apurímac (10), Arequipa y Puno (9), Huánuco (6), así como Cusco, La Libertad, Lambayeque y Tacna (5 expedientes cada uno).

Cajamarca es la única región en la que solo se ha gestionado un solo expediente para obtener el kit electoral y así poder reunir las firmas de los ciudadanos que respalden la solicitud.

“Del total de expedientes, 155 promotores buscan poner término al mandato de alcaldes y regidores distritales, mientras que otros 13 tratan de hacer lo propio con gobernadores y consejeros regionales. En otros 6 casos se pretende revocar alcaldes y regidores de ámbito provincial”, se lee en el pronunciamiento.

¿Cómo tramitar una solicitud?

Las solicitudes pueden tramitarse a través de , donde se verificará el cumplimiento de los requisitos.

Los ciudadanos que deseen realizar este trámite deberán descargar y completar un formulario solicitando la expedición de formatos para la recolección de firmas de adherentes.

También se deberá escanear en PDF y comprimir en formato ZIP, además de la solicitud de expedición, el documento único para la adquisición de los formatos para la recolección de firmas de adherentes, el motivo o causal que sustenta la revocatoria, los nombres y apellidos de las autoridades que se pretenden revocar, verificados en el portal web del Jurado Nacional de Elecciones.

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