La Corte Superior de Justicia de Lima confirmó en segunda instancia que el habeas corpus presentado por los hijos de Fujimori para sacarlo de prisión es infundado. (Foto: Alonso Chero / Archivo El Comercio)
La Corte Superior de Justicia de Lima confirmó en segunda instancia que el habeas corpus presentado por los hijos de Fujimori para sacarlo de prisión es infundado. (Foto: Alonso Chero / Archivo El Comercio)
Paolo Benza

Más seguro en prisión que en libertad. La Sala Mixta de Emergencia de la Corte Superior ha rechazado la apelación presentada por los hijos de al fallo que declaraba infundado un hábeas corpus para sacarlo de prisión. La CSJ no solo indica que el régimen penitenciario del expresidente es seguro, sino que la opción ofrecida para liberarlo lo pondría en mayor riesgo. ¿Cuáles son los argumentos?

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Garantía total imposible

Lo primero que el fallo cuestiona de la apelación presentada por los hijos de Fujimori es el argumento de que no se haya emitido “una certificación garantizando que pese a todos los controles desplegados por la entidad penitenciaria, el beneficiario con la demanda no se va a contagiar del virus Covid-19, y en su caso, de contagiarse no va a existir un peligro en contra de su vida”.

Según el tribunal, ese pedido “resulta impropio” porque “ningún médico puede dar garantías de no contagio” y tampoco de lo que pueda pasar con quien lo contrae, “más allá de que se identifique una población de riesgo”. En otras palabras, el documento alega que –aún con todas las medidas de seguridad sanitaria– es imposible garantizar con toda certeza que Fujimori no se contagiará.

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Interno aislado

Luego, la Corte entra a discutir la seguridad sanitaria de la que Fujimori goza en el penal de Barbadillo. Según el Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Fujimori no está recluido en condiciones de hacinamiento, tiene patios de esparcimiento, tópico, servicios básicos y personal médico a disposición las 24 horas. De hecho, es la única persona que hace uso de esas instalaciones, según el documento.

“En el establecimiento, el único interno es el beneficiario con la presente demanda [Fujimori], quien ocupa un espacio de más de veinte metros cuadrados, y cuenta con acceso al espacio del patio interno y jardines del mismo, servicios higiénicos, tópico con los servicios esenciales como luz y agua de manera permanente”, alega el fallo.

Lo otro que destaca son los protocolos sanitarios implementados en Barbadillo. Así, detalla que en el penal donde purga condena Fujimori los empleados pasan por una “desinfección de calzado con agua con hipoclorito de socio” y de cuerpo “con alcohol al 70%”. Esto, luego del “lavado y desinfección de manos estricto”.

Además, a los trabajadores del INPE que atienden al expresidente se les controla constantemente la saturación de oxígeno y la temperatura, se les da mascarillas N95, y se les realiza pruebas rápidas contra COVID-19, todas negativas hasta el momento. Por todo ello, el tribunal concluye que –si bien nada se puede garantizar al 100%– Fujimori está seguro en el penal.

¿Quién lo atendería?

Finalmente, el fallo explica que la salud del expresidente correría mayor riesgo fuera de prisión. Según el documento, su familia ha dicho que establecería su domicilio en el Fundo Pampa Bonita, ubicado en la zona conocida como ‘norte chico’, a las afueras de Lima Metropolitana. Allí quedaría bajo el cuidado de su hijo Hiro Fujimori.

Sin embargo, la sala dice que “resulta contraproducente considerar siquiera tal petición pues conforme se ha señalado, el interno Alberto Fujimori Fujimori, es una persona que padece de una serie de enfermedades o comorbilidades pre existentes”, por las cuales se considera que necesita atención médica diaria y el monitoreo de enfermería las 24 horas.

Según la sala, este es el tipo de supervisión que tiene en el penal, y a la que no podría acceder en el domicilio indicado por sus hijos. En otras palabras, de ser realmente graves sus enfermedades, como él ha alegado, el fallo considera que mudarse a las afueras de Lima lo pondría en mayor riesgo. La primera razón para ello es que su hijo Hiro no está capacitado para atenderlo.

“Resultaría absolutamente contraproducente que esta persona se quede al cuidado únicamente de su hijo Hiro Fujimori, persona que no se evidencia tenga la profesión de médico, tecnólogo médico, enfermero o similar, que pueda monitorear las 24 horas del día la salud del paciente”, dice el documento. Agrega que, así supiera hacerlo, Hiro no podría estar pendiente de su padre todo el día.

Lo segundo que alega la sala es que cerca del Fundo Pampa Bonita no hay clínicas u hospitales capacitados para atender a Fujimori, en caso lo requiera. “Geográficamente no sería conveniente para el favorecido [...] ya que dicha provincia se encuentra a 145,6 km de Lima, esto es, a 2:30 horas para llegar a un centro hospitalario en esta ciudad", dice el fallo.

Por todo lo mencionado, la Corte Superior de Justicia de Lima ratifica el fallo que declaró infundado el habeas corpus para la excarcelación de Alberto Fujimori.

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