El Consejo de Minería resolvió en solo dos días la suspensión de la licencia del proyecto Tía María. El sustento fue un informe de oficina que depende jerárquicamente del despacho ministerial del Minem.
El Consejo de Minería resolvió en solo dos días la suspensión de la licencia del proyecto Tía María. El sustento fue un informe de oficina que depende jerárquicamente del despacho ministerial del Minem.
Redacción EC

Por Fernando Vivas y Jonathan Castro

“Lo que hay que hacer es revertirlo, revertirlo también administrativamente. ¿Con qué? Con la medida que presenta el gobernador […]. No es la solución ‘cancele’. Busquemos una solución […]. Lo que se tiene que hacer es un procedimiento. Hagámoslo juntos. [...] Yo mismo con los técnicos le vamos a dar soporte”. Tales fueron algunas de las frases que el presidente soltó a los alcaldes de los distritos del Valle de Tambo y al gobernador Elmer Cáceres Llica el 24 de julio.

Las frases no se pronunciaron en una reunión formal, sino en un área contigua a la sala de la Biblioteca Regional de donde se había instalado una mesa de trabajo para calmar los sofocos de . Según nos contó una fuente que estuvo presente, los alcaldes de Punta de Bombón, Cocachacra, Matarani y Mejía habían abandonado la reunión. Cáceres, que los había invitado, salió a persuadirlos para que volvieran y Vizcarra lo siguió para ayudar en el cometido. El presidente se acercó al grupo y en los minutos que siguieron soltó los argumentos persuasivos y controversiales. Luego, volvió con todos a la mesa y pronunció un discurso, ese sí, con cautela. (De poco sirvió ese cuidado final, pues uno de los alcaldes, si descartamos a Cáceres por haber sido el convocante, lo grabó).



(Composición: El Comercio)
(Composición: El Comercio)

Unos días después, el viernes 9 de agosto, el Consejo de Minería (CM), tribunal administrativo que resuelve las controversias presentadas ante el Ministerio de Energía y Minas (Minem), decidió suspender la licencia de construcción que tiene aún enervado al valle. No se canceló, sino que se suspendió por 120 días mientras dure un proceso con audiencias públicas a las que se llamaría a voceros de Southern Perú Copper Corporation, la empresa a cargo de Tía María, y a los autores de los 3 ‘recursos de revisión’ (así se llama a las impugnaciones en la Ley de Minería): el propio Cáceres (la presentó el 19 de julio luego de que Vizcarra se pronunciara prometiendo atender los reclamos), el Frente de Defensa de los Azucareros de Chucarapi Pampa Blanca (lo hizo el 23) y el presidente de la Junta de Usuarios del Valle de Tambo, Jesús Cornejo (lo hizo el 31).

—Suspender, suspender–
A pesar de las promesas del presidente del 24, en su reunión con los líderes políticos de la zona, el conflicto siguió escalando y recrudeció con el bloqueo del puerto de Matarani, lo que repercutió en el importante flujo de exportación que allí se embarca, incluyendo el mineral de Las Bambas.

En esa coyuntura se dio la veloz sucesión de hechos que llevó a la suspensión de la licencia de construcción del proyecto Tía María. La Dirección General de Minería, la oficina que recibió los tres recursos –entre ellos el de Cáceres Llica–, los elevó al CM el miércoles 7 de agosto.

Al día siguiente, el 8, el CM pidió a la Oficina General de Gestión Social (OGGS),–que depende jerárquicamente del despacho ministerial del Minem– un informe sobre el estado del conflicto. Esto a través del Memo N° 0212-2019/MINEM-CM.

Ese mismo día, Miguel Kuzma Alfaro, un economista que trabajó tiempo atrás en el Minem y estuvo en una empresa minera antes de recalar en abril en la Oficina de Diálogo y Participación Ciudadana que depende de la OGGS, firmó el informe N° 002-2019-MINEM/OGGS/OGDPC, que hace una cronología y un somero análisis del conflicto, y recuerda el trágico antecedente de los cinco muertos de asonadas pasadas y los varios policías heridos en los últimos días. El informe concluye: “Si bien, a la fecha, no se han registrado víctimas mortales producto de las movilizaciones, los paros y los enfrentamientos antes señalados, no se puede descartar que esta situación ocurra [...]”. El propio Kuzma y José Luis Carbajal Briceño, jefe de la OGGS, enviaron el informe al CM.

Al día siguiente, a través del auto de sala N°014-2019 MINEM/CM, el Consejo de Minería dispuso “la suspensión de la ejecución” de la licencia de construcción de Tía María. En el análisis hecho por el CM se lee el sustento presentado por la OGGS: “Según lo manifestado por la Oficina de Gestión Social, existe riesgo de pérdida de vidas humanas, además de las pérdidas económicas ya ocasionadas”.

Para la elaboración de esta nota, el CM nos entregó el “Manual de procedimientos del Consejo de Minería respecto de los recursos de revisión”. Este documento especifica, primero, que el consejo está facultado a “solicitar información a otras dependencias del sector público”. El manual también establece, en su punto 6, que el CM emite las resoluciones finales en “un plazo máximo de 120 días” y que las vistas se programan “de acuerdo al orden de ingreso”. Los recursos presentados contra la licencia del proyecto Tía María fueron programados y resueltos preliminarmente en solo dos días. La decisión sobre el fondo se deberá tomar a más tardar en 120 días.

Hemos llamado a Kuzma, el autor del informe de la OGGS, y le hemos enviado preguntas por escrito, para indagar quién y cómo le transmitió la premura, pero no nos ha contestado. También buscamos al ingeniero Fernando Gala, presidente del CM, para hacerle la misma pregunta y no la respondió, porque para ello nos dijo: “Requiero autorización de los vocales ya que somos un órgano colegiado de cinco miembros”.

Gala y el vicepresidente del CM, el abogado Luis Panizo, están alrededor de dos décadas en el CM. De acuerdo con la Ley de Minería, este tribunal debe estar formado por tres abogados y dos ingenieros y, por costumbre en el sector, suelen ser funcionarios del propio ministerio que permanecen largo tiempo en el cargo.

La Ley 27444, del Procedimiento Administrativo General, también llamada PAG, compleja y con algunas contradicciones señaladas por expertos en derecho administrativo, ha sido el principal marco de interpretación, según lo reafirma el CM en un ayuda memoria que nos envió. También lo ha sido de los recursos de revisión. El Art. 119 de la ley, faculta a contradecir actos “aduciendo el interés difuso de la sociedad”. Este último concepto aparece citado en uno de los recursos.

Hay que destacar que es la primera vez que estos razonamientos se aplican, por impugnadores y por el CM, a una licencia de construcción en un caso notorio. El ministro Ísmodes señaló a este Diario que “la medida del Consejo de Minería ha sido una medida excepcional”, que se sustentó en el riesgo a la integridad de las personas, que podría generar escenarios de la violencia en las protestas y bloqueos o mayores.