Sala penal falló contra los autores intelectuales del atentado que mató a 25 personas y dejó heridas a 155. Se determinó que el ataque “sí corresponde a los planes criminales” del comité central de Sendero. (Foto: Poder Judicial)
Sala penal falló contra los autores intelectuales del atentado que mató a 25 personas y dejó heridas a 155. Se determinó que el ataque “sí corresponde a los planes criminales” del comité central de Sendero. (Foto: Poder Judicial)
Mario Mejía Huaraca

Luego de 26 años del criminal atentado en la calle , tras cuatro años y medio de proceso y 20 meses de juicio oral, la cúpula de (SL) fue sentenciada por este caso.

El Colegiado A de la Sala Penal Nacional determinó ayer que 10 miembros del comité central de la organización terrorista recibieran cadena perpetua por ser autores mediatos del atentado con carro-bomba ocurrido el 16 de julio de 1992 en el distrito de Miraflores.

Los sentenciados son el cabecilla senderista , Elena Yparraguirre, Osmán Morote, Florindo Flores Hala ‘Artemio’, Óscar Ramírez Durand ‘Feliciano’, María Pantoja Sánchez, Laura Zambrano, Margot Liendo Gil, Edmundo Cox Beuzeville y Florentino Cerrón Cardozo. Todos ellos estuvieron en la audiencia.

De esta manera, Morote y Liendo, quienes ya cumplieron una primera sentencia de 25 años por terrorismo, deberán volver a prisión. Ellos cumplían arresto domiciliario por este caso. Ahora deberán ser recluidos en un centro penitenciario que designe el INPE. Anoche fueron trasladados a la carceleta del Palacio de Justicia.

La procesada Elizabeth Cárdenas Huayta, quien también estuvo en la audiencia, fue absuelta. La sentencia señala que ella, quien anteriormente cumplió una pena de 15 años de cárcel por terrorismo, se alejó de Sendero Luminoso mucho antes de que se perpetrara el atentado.

La sentencia de Moisés Límaco, quien desde junio de este año se encuentra en Francia, quedó en reserva. El tribunal ordenó su ubicación y captura.

Si bien la fiscalía había solicitado que a los procesados también se los condenara por narcotráfico, finalmente la sala los absolvió por este delito.

El colegiado argumentó que las pruebas actuadas acreditan que efectivamente se cobraban cupos a los narcotraficantes en la zona del Huallaga, pero precisaron que no fueron suficientes para certificar la autoría mediata de los procesados en ese delito.

Lo que sí se “acreditó fehacientemente” fue la autoría mediata de los acusados, como miembros del comité central de SL, al haber ordenado y aprobado el atentado con un carro-bomba en Tarata.

Asimismo, la sentencia manifiesta que el atentado “no es un error, un hecho fortuito o un caso aislado”, como sostuvieron los abogados de los terroristas procesados.

“Nos forma convicción de que el atentado de Tarata sí corresponde a los planes criminales del comité central en su búsqueda del poder”, indica la sentencia.

Igualmente la sala dispuso el pago colectivo de S/4 millones por concepto de reparación civil.

Más datos
Los miembros del comité central de SL también son procesados por los casos Perseo y Soras.

El colegiado ordenó remitir copia de la sentencia a la fiscalía para que determine si investiga por el Caso Tarata a Martha Huatay, jefa de Socorro Popular.