El magistrado del TC Carlos Ramos Núñez explicó que la demanda de inconstitucionalidad por devolución de aportes de la ONP recién podría ser vista en audiencia pública en febrero del 2021. (Foto: Alessandro Currarino/El Comercio)
El magistrado del TC Carlos Ramos Núñez explicó que la demanda de inconstitucionalidad por devolución de aportes de la ONP recién podría ser vista en audiencia pública en febrero del 2021. (Foto: Alessandro Currarino/El Comercio)
Karem Barboza Quiroz

El magistrado , integrante del , sostuvo que lo recomendable sería que el suspenda la elección de los seis magistrados del que deberán reemplazar a los que ya cumplieron el plazo de su nombramiento.

En entrevista con El Comercio, indicó que en el TC existen demandas importantes entre el Ejecutivo y el Congreso que deben ser resueltas con independencia y sin presiones.

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Además, explicó que si se presenta una sobre la norma del Congreso que permite la devolución de los aportes a la Oficina de Nomalización Previsional (ONP) la audiencia de fondo del caso recién sería en febrero del 2021, debido a los plazos procesales.

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El Ejecutivo ha informado que esta semana interpondrá una acción de inconstitucionalidad para dejar sin efecto la norma que dispone el retiro de aporte de la ONP ante el TC … ¿Cuál es el procedimiento a seguir?

Seguramente el procurador -siguiendo las instrucciones de la presidenta del Consejo de Ministros- debe de presentar, como se ha anunciado, la demanda de inconstitucionalidad contra la norma que autoriza el uso de los aportes de la Oficina de Normalización Previsional. La presidenta (Marianella Ledesma) debe decidir quién será el ponente en una sesión de pleno que son los martes o jueves. Este jueves podría estarse decidiendo quién es el ponente si se recibe la demanda; sino para el martes siguiente.

¿Y en cuánto tiempo podríamos tener un pronunciamiento del TC?

Si es admitida (la demanda), se correría traslado al Congreso de la República por un plazo de 30 días hábiles. Como hemos visto, en casos anteriores, el Parlamento espera que estén casi al límite (del plazo), no sé si eso ocurra; en todo caso eso forma parte de las atribuciones del Congreso. Luego se estaría fijando la audiencia. Creo que a fines de enero podrían estar los 30 días hábiles. Yo estimo que la audiencia se estaría fijando una o dos semanas después de contestada la demanda, es decir para el mes de febrero. Luego, en términos no obligatorios, el Tribunal Constitucional tendría 30 días más para resolver la demanda.

¿El TC ya ha emitido resoluciones respecto a este tipo de controversias, es decir temas sobre devolución de aportes del erario público?

Hay algunos casos que tienen cierta vinculación con este. Por ejemplo, la demanda de la pensión policial militar en el que el Tribunal Constitucional aún no ha emitido sentencia. Allí la ponente es la presidenta Marianella Ledesma. Un caso más reciente es la demanda por la Ley 728 de los trabajadores del Minsa (Ministerio de Salud) y de Essalud, cuyo ponente es el doctor Ferrero. Estimo que en los siguientes días presentará una ponencia. El Tribunal Constitucional no tiene jurisprudencia en temas de devolución de aportes, pero en sí debería generar jurisprudencia con esos dos casos antes del pronunciamiento sobre el caso de la ONP.

¿El contexto en que se analizará esta norma hace complicada una decisión?

Sería conveniente que antes de hacer el pronunciamiento se decida sobre esos dos aspectos que ya tienen más tiempo y requieren un pronunciamiento más urgente; y, a partir de esos dos casos, sobre el tema de la pensión policial militar y del ingreso a la ley 728 del sector salud, en el que básicamente, el tema neurálgico a decidir es determinar si el Congreso tiene iniciativa de gasto público.

Usted mencionaba sobre el tiempo que se viene tomando el Congreso para responder a la demanda, al límite del plazo ¿Es necesario acortar ese tiempo?

Lo que pasa es que esto está determinado por la ley, está dentro del Código Procesal Constitucional, los plazos procesales son de orden público ¿no? Entonces, lo que puede hacer la parte demandada, en este caso el Congreso; si lo fuera, es respetar el plazo. Puede hacerlo antes, lo importante es que lo haga dentro del plazo legal concedido.

¿Para declarar fundada esta nueva demanda de inconstitucionalidad, cuántos votos se hacen necesarios?

Lo que no puedo predecir es sobre la decisión que se tome sobre el particular, pero usted sabe que es un tribunal de siete magistrados y una acción de inconstitucionalidad requiere de una mayoría calificada de cinco miembros para la declaratoria de una inconstitucionalidad, puesto que las leyes al ser promulgadas en un sistema legislativo están dotadas de una presunción de constitucionalidad.

Este año, el TC ha tenido que resolver controversias trascedentes entre el Poder Ejecutivo y Legislativo...

Yo creo que el escenario constitucional que ahora tenemos ha sido objetivamente una pugna institucional, el Tribunal Constitucional debe cumplir una labor pacificadora y de allí su importancia. De ahí de que los organismos públicos y poderes del Estado recurran a nosotros para definir esas materias; ya sean con acciones de carácter competencial y acciones de inconstitucional.

Pero procesar los conflictos legales entre ambos poderes es diferente de resolverlos. Lo digo porque la última demanda de competencia sobre el uso de la incapacidad moral no hubo una solución al problema...

No hubo, claro, y que no había elementos suficientes para un pronunciamiento de fondo que definiera el contenido de esta categoría o concepto de la incapacidad moral permanente ¿no? A diferencia de tres magistrados, entre los que me encontraba yo, que sí considerábamos que el TC, como un tribunal de cierre del sistema de justicia del Perú, y como un elemento crucial en la solución de controversias del Estado, debía hacer un pronunciamiento. Sobre todo, porque esta categoría de incapacidad moral permanente aparecía como muy etérea, gaseosa y el tribunal requería de hacer un pronunciamiento.

¿Usted hubiera preferido zanjar el tema y emitir una decisión de aplicación a futuro ?

El Congreso dio una solución política y en buena hora, como tenía que ser, pero nuestra tarea era una labor interpretativa sobre todo pensando en términos de gobernabilidad y a futuro tal como habíamos hecho en la demanda competencial del Ejecutivo sobre el cierre o clausura del Congreso. Bueno, y para evitar situaciones de la misma índole que se presentara en lo que falta del gobierno o, incluso, después, porque es una espada de Damocles que cuelga sobre el Ejecutivo y que altera el control de poderes que debe existir, algo conocido como el sistema de ´check and balances`, que son cruciales en una democracia contemporánea.

¿Cómo analiza usted, desde la perspectiva constitucional, los sucesivos conflictos o post crispaciones políticas entre el Ejecutivo y Legislativo, que ha dejado a un país golpeado por estas crisis?

Bueno, lo que he visto, en buena hora, es una resolución política del problema, pero no sabemos hasta qué punto esto pueda lugar a una nueva crisis política. El Tribunal Constitucional perdió la ocasión de definir este punto. Pudo haberlo hecho, decidió no hacerlo, pero ahora queda abierta la responsabilidad por parte de los actores políticos. Tanto Ejecutivo como Legislativo sobre todo considerando que estamos en una situación de emergencia, que son pocos meses los que quedan y desde el punto de vista institucional, la transición de un nuevo gobierno y a la configuración de un nuevo Congreso, creo que esa es la responsabilidad de los actores políticos.

¿Y en este contexto de transición, es viable que este Congreso continúe con el proceso de selección de los miembros del TC o como indican algunos grupos parlamentarios de dicha comisión?

Yo tengo la impresión que eso ya está claro, tanto así que no hay quórum para que se puedan reunir la comisión especial. Buena parte de las bancadas han retirado sus representares y lo que puedo deducir es que se está esperando que el nuevo Congreso concluya este proceso. Tenga en cuenta de que no se ha anulado este proceso, sino que se le ha mantenido suspendido, de tal manera que ya será atribución del nuevo Congreso si conserva el estado de la cuestión tal como está, continuando el proceso o si empieza uno nuevo. En todo caso es una potestad del nuevo Congreso y de la comisión especial que se designe que puede seguir por el sistema de concurso publico o por invitación.

¿Entonces, en este contexto, no deberían seguir adelante?

Creo que esa clase de procesos de selección de magistrados deben hacerse con tiempo, respetando el principio de transparencia muy agudo; digamos, exigente. Porque estamos hablando de un tribunal que tiene una especial importancia en el desarrollo democrático e institucional de nuestro país.

Es una señal que cuatro de las nueve bancadas ya han retirado a sus representantes…

Creo que las circunstancias tal como están definidas ahora, con numerosos casos de inconstitucionalidad en manos del Tribunal Constitucional y que requieren para su pronunciamiento de una independencia plena y sin presiones de ninguna índole, hacen; yo diría, recomendable, que este proceso de selección de magistrados del TC se suspenda; yo creo que ese es el sentir del Congreso en líneas generales ¿no? más allá de alguna voz discordante, pero tengo la impresión que deben predominar criterios institucionales antes que partidarios o sectoriales.

En el Congreso se estaría ya decidir la eliminación de la inmunidad parlamentaria ¿Cuál es su opinión?

Tratándose de delitos comunes no habría ningún problema su eliminación, desde mi punto de vista; pero en materia de delitos de función, albergo dudas. No puede limitarse la función legislativa y fiscalizadora. El rechazo al Congreso por su discutida performance pública no debe llevarnos a reducir su investidura al punto que sea una camisa de fuerza. Un congresista debe cumplir su mandato legislativo con responsabilidad, pero también con libertad y seguridad. Sería conveniente, sin embargo, que el TC o la Corte Suprema se encarguen del retiro de la inmunidad parlamentaria.

Estamos a pocos meses de cumplir el Bicentenario de nuestra Independencia, ¿Cómo ha visto usted la evolución del sentir democrático e institucional del país durante su tiempo en el TC?

El nuestro es un país en donde la democracia es muy incipiente ¿no? ese carácter temprano, por decirle de alguna manera, también acusa cierta precariedad. Es decir, hay algunos actores políticos comprometidos en la consolidación democrática, pero también es cierto que hay sectores de una línea extrema de un lado y otro, que no están suficientemente comprometidos con esta suerte continuidad democrática. No sé hasta qué punto, ciertos grupos políticos usan al Congreso, lo utilizan como plataforma de sus reivindicaciones e naturaleza partidaria o consideraciones de carácter personal antes de carácter plural de representación social. Esto es natural, pues 200 años de vida independiente no son tampoco una carta de presentación democrática perfecta, clara, inequívoca; porque estos 200 años han estado plagados de golpes de estado, rompimientos de la institucionalidad, divisiones sociales donde no se aceptaba la ciudadanía plena de ciertos sectores sociales. Creo que tenemos que madurar mucho como país en términos de institucionalidad, esperemos que esos 200 años sean una conmemoración, una suerte de recordaris de que necesitamos avanzar en democracia, que no hay posibilidad de implantar dictaduras de izquierda o derecha.

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