Tras asumir como presidente el 28 de julio del 2006, Alan García, en una situación insólita, tomó juramento a Luis Nava como secretario general de la Presidencia de la República. (Foto: Germán Falcón / Archivo GEC)
Tras asumir como presidente el 28 de julio del 2006, Alan García, en una situación insólita, tomó juramento a Luis Nava como secretario general de la Presidencia de la República. (Foto: Germán Falcón / Archivo GEC)
/ GERMAN FALCON
Martín León Espinosa

, secretario general de la Presidencia de la República y ministro de la Producción durante el segundo mandato de (2006-2011), confesó ante los fiscales José Domingo Pérez y Meryl Huamán Altamirano, miembros del equipo especial del Caso Lava Jato, que el fallecido expresidente recibió dinero de la constructora .

Las entregas de dinero de la empresa brasileña, según la confesión de Nava, se realizaron en dos momentos: el primero durante la campaña electoral del 2006 y el otro cuando ya ejercía como mandatario.

Especialistas en temas penales consultados por este Diario responden tres interrogantes a propósito de la declaración de Luis Nava Guibert. Coinciden en que si bien al fallecido expresidente no puede imputársele responsabilidad penal, con la confesión del ex hombre de confianza de García se abren otras aristas en el caso.

Yván Montoya, exjefe de la Unidad de Extradiciones de la Procuraduría Anticorrupción

1) ¿La declaración de Luis Nava tiene alguna consecuencia penal?

La muerte excluye de responsabilidad penal porque, efectivamente, no se puede declarar esta sobre una persona que ya falleció. [...] Sin embargo, los fiscales [del Caso Odebrecht] van a tratar de que en la parte considerativa de una eventual sentencia a los subsistentes [otros investigados] quede claro cuál fue el rol de participación del expresidente. Es muy probable que esté mencionado en la sentencia, no en la parte resolutiva, sino en la considerativa para saber qué rol tuvo.

2) ¿La confesión puede abrir nuevas líneas de investigación?

Colateralmente, la declaración abre la posibilidad de que haya otras personas que intervinieron. Si se señala que con ese dinero se adquirió un inmueble o quién lo adquirió o facilitó, inevitablemente se abren otras líneas de investigación.

3) ¿Se puede ordenar alguna medida legal contra los inmuebles mencionados por Nava?

Si el propietario no logra acreditar la titularidad del inmueble, este puede estar sujeto a un embargo para inmovilizarlo de cualquier transferencia. Todo de manera provisional. Y si la investigación avanza y el sujeto [propietario] no acredita cómo lo adquirió, se activan mecanismos como la pérdida de dominio.

Liliana Calderón, abogada penalista

1) ¿La declaración de Luis Nava tiene alguna consecuencia penal?

El principio es que la acción penal queda extinguida con el fallecimiento del investigado. Después de eso, el fiscal a cargo del proceso tendría que evaluar si es que de esa declaración [de Nava] pueden surgir algunos elementos que le permita incluir a otros investigados. Por ejemplo, abrir nuevas investigaciones o que de pronto sirva de sustento para fundamentar la responsabilidad de alguno de los otros investigados.

2) ¿La confesión puede abrir nuevas líneas de investigación?

Como mencioné antes, eso va a depender de la investigación. Por ejemplo, si se realizó algún pago, habría que ver quién más participó en la entrega de ese dinero, si alguien prestó su cuenta [bancaria] para que ese dinero se deposite, si alguien fungió de testaferro, pero eso [lo que sigue] va a tener que determinarlo el fiscal [del caso].

3) ¿Se puede ordenar alguna medida legal contra los inmuebles mencionados por Nava?

Está el proceso de extinción de dominio. Este tendría que iniciarse e igual [definirse si es] que esos bienes han sido adquiridos con dinero proveniente de un origen ilícito. Finalmente, el juez deberá determinar si esos bienes pasan o no al Estado. Pero es básicamente una consecuencia civil, no penal.

Antonio Maldonado, abogado y exprocurador ad hoc del Caso Fujimori-Montesinos

1) ¿La declaración de Luis Nava tiene alguna consecuencia penal?

Respecto a García, la acción penal del Estado ya se ha extinguido. Pero [por la declaración] puede haber consecuencias para el entorno del expresidente, que podría estar involucrado en el delito que se investiga, que es el de lavado de activos. Ese entorno puede ser de carácter familiar [...] o los amigos que estuvieron cerca de él, acompañándolo en su gobierno.

2) ¿La confesión puede abrir nuevas líneas de investigación?

Puede ser que haya nuevas líneas de investigación, pero de manera puntual aquí hay una importante veta de investigación. Estas investigaciones no solo sirven para establecer responsabilidades penales, sino también para reconstruir y definir contextos históricos, sobre todo de una persona que fue –entre todos los investigados [del Caso Odebrecht]– la que negó de manera más enfática cualquier participación.

3) ¿Se puede ordenar alguna medida legal contra los inmuebles mencionados por Nava?

Hay la figura de la extinción de dominio. Irónicamente, la primera ley fue aprobada durante el gobierno del señor García. [...] Es importante mencionar la palabra activos y no solo bienes porque la conversión de dinero ilícito en el mercado es virtualmente infinita: pueden haber bienes inmuebles, cuentas o joyas.