La Comisión de Constitución debate esta tarde el predictamen de inmunidad parlamentaria. (Ilustración: El Comercio)
La Comisión de Constitución debate esta tarde el predictamen de inmunidad parlamentaria. (Ilustración: El Comercio)
Alicia Rojas Sánchez

La Comisión de Constitución del Congreso aprobó este miércoles eliminar . Catorce legisladores votaron a favor de esta reforma, que deberá ser puesta a consideración del pleno. Solo el congresista Orlando Arapa (bancada Nueva Constitución) se abstuvo.

Actualmente el artículo 93 de la Constitución establece que los congresistas “no pueden ser procesados ni presos sin previa autorización del Congreso o de la Comisión Permanente, desde que son elegidos hasta un mes después de haber cesado en sus funciones, excepto por delito flagrante, caso en el cual son puestos a disposición del Congreso o de la Comisión Permanente dentro de las veinticuatro horas, a fin de que se autorice o no la privación de la libertad y el enjuiciamiento”.

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El dictamen aprobado señala lo siguiente: ”El procesamiento por la comisión de delitos comunes imputados a congresistas de la República durante el ejercicio de su mandato es de competencia de la Corte Suprema de Justicia. En caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”

La nueva fórmula para modificar el artículo 93 de la Constitución mantiene el texto en cuanto los congresistas representan a la Nación y no están sujetos a mandato imperativo ni a interpelación. Además, que “no son responsables ante autoridad ni órgano jurisdiccional alguno por las opiniones y votos que emiten en el ejercicio de sus funciones”.

Una de las variaciones respecto al anterior texto sustitutorio de la bicameralidad es la supresión de la prerrogativa “por actos propios de su función”. Por otro lado, se mantiene la propuesta de que el procesamiento de los parlamentarios recaiga en la Corte Suprema.

Respecto al texto difundido este miércoles, se añade que “en caso de comisión de delitos antes de asumir el mandato, es competente el juez penal ordinario”.

Texto final
Texto final

El nuevo texto es diferente al aprobado en el pleno el pasado 5 de julio y que fue posteriormente criticado, pues se había eliminado también el antejuicio para ministros de Estado, la supresión de la inmunidad del defensor del Pueblo y de los magistrados del Tribunal Constitucional, entre otros.

La noche del martes, el congresista Omar Chehade (APP), presidente del grupo de trabajo, había anunciado en Canal N que esta reforma iba ser debatida de manera .

Nota previa

En la sesión del martes, las congresistas Carolina Lizárraga (Partido Morado) y Carmen Omonte (no agrupada) habían solicitado a Chehade que esta reforma de la inmunidad parlamentaria sea vista de manera independiente a la bicameralidad.

“Si bien el tema de inmunidad está incluido, sería factible que se pueda discutir nuevamente aparte, al margen de la bicameralidad, porque en el caso de inmunidad habría un mayor consenso y podría prosperar con mayor rapidez. Si lo mantenemos dentro probablemente vamos a demorar un tiempo más en llegar a consensos”, dijo Omonte.

La actual legislatura del Congreso concluirá el próximo 18 de diciembre. Al tratarse de una reforma constitucional, se requiere de dos votaciones consecutivas en el pleno del Congreso para que sea implementada.

Bicameralidad

Por otro lado, la agenda de la Comisión de Constitución incluye continuar el debate del predictamen que propone reinstaurar la bicameralidad en el Parlamento. Hasta el momento, el paquete de reformas -que contempla el cambio de 65 artículos de la Constitución y la suma de otros seis- no ha encontrado consenso en el grupo de trabajo.

El nuevo texto propone, a diferencia del debatido el martes, que la renuncia del presidente de la República a su cargo para postular al Congreso [artículo 91] ya no debe ser nueve, sino “por lo menos” seis meses antes del día de la elección.

El artículo 91 de acuerdo a lo visto en la sesión del martes.
El artículo 91 de acuerdo a lo visto en la sesión del martes.
Lo que propone el nuevo texto sobre el artículo 91, referido a la renuncia al cargo para postular al Congreso.
Lo que propone el nuevo texto sobre el artículo 91, referido a la renuncia al cargo para postular al Congreso.
El artículo 117 de acuerdo al texto del martes.
El artículo 117 de acuerdo al texto del martes.
Lo que se propone en la nueva fórmula sobre el artículo 117.
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ACLARACIONESEsta nota fue publicada por la tarde antes del debate y actualizada con la decisión de la Comisión de Constitución de aprobar el dictamen.