Martín Vizcarra
Martín Vizcarra
Juan Paredes Castro

Con todo lo que parece, no creo que el presidente esconda un proyecto continuista ni menos autoritario bajo la manga. Sin embargo, por lo mismo que confiamos en su compromiso democrático, podría hacerle falta un decálogo como el que sigue:

1. Escuchar más a quienes le pueden mostrar las fracturas sociales, políticas, jurídicas, económicas y culturales que los peruanos necesitamos cerrar como país y Estado que a aquellos otros que suelen distraerlo con bolas de cristal de sus preferencias, antipatías y prejuicios.

2. Colocarse, elevada y equilibradamente, más del lado del raciocinio que de las pasiones, más del lado del Estado de derecho que de la sola voluntad popular. Su cargo tiene origen en la Constitución y no en una revuelta social. Su papel es el de árbitro de la contienda política, mas no de líder de barras en la tribuna favorita.

3. Como presidente y jefe del Estado, su enfrentamiento es con los problemas del gobierno y del país, no con personas ni autoridades con quienes, eso sí, puede dialogar, discutir, acordar y discrepar. El presidente trata con ciudadanos, no con adversarios.

4. El presidente no puede dividir a los peruanos en héroes y villanos, en buenos y malos, mientras una mayoría lo aprueba y una minoría lo desaprueba. Cuando una y otra se inviertan, ¿quiénes serán los buenos y quiénes los malos?

5. Los poderes del presidente le bastan para gobernar y marcar los horizontes y prioridades nacionales. También para convocar, invocar e influir en su relación con los demás poderes. Lo que no puede hacer es subordinarlos –menos amedrentarlos ni avasallarlos– a complacencia, inclusive de quienes han jurado por la ley y la Constitución.

6. Sea cual fuere la cruzada que lidere, como ahora la lucha anticorrupción, el presidente debe actuar dentro del marco de la ley y la Constitución, pues una de sus principales funciones es cumplirlas y hacerlas cumplir. Quien lo empuje a hacer lo contrario, desde dentro del poder, podría arrastrarlo a peores cosas.

7. Los fiscales persiguen el delito y los jueces administran justicia. Ambos tienen autonomía jurisdiccional y mecanismos de elección, evaluación, control y sanción. El presidente no los tiene que hacer buenos o malos, ni hacer público su acuerdo o desacuerdo con las resoluciones de estos.

8. El Gobierno y el Congreso pueden apoyar las necesidades presupuestales del Poder Judicial y el Ministerio Público, menos ejercer presión ni control sobre sus funciones constitucionales y jurisdiccionales. Estos no podrían hacer lo mismo con aquellos.

9. Cada poder del Estado responde por sus aciertos, errores y contradicciones. La Constitución contempla los procedimientos de control y sanción sobre ellos. Ninguno puede arrogarse, así porque sí, ser censor del otro.

10. La bandera de la anticorrupción solo tendrá éxito si jueces y fiscales, gobernantes y legisladores respetan la presunción de inocencia y el debido proceso, y evitan desviar a los procesados de sus jurisdicciones predeterminadas por la ley. Las solas prisiones preventivas no harán honor a la actual cruzada presidencial.