MDN
Edwin Oviedo
Redacción EC

El juez Manuel Chuyo resolvió anoche el requerimiento fiscal de 36 meses de prisión preventiva para el presidente de la Federación Peruana de Fútbol (FPF), , mientras se le investiga por tráfico de influencias, cohecho y pertenencia a una organización criminal a raíz del caso de Los Cuellos Blancos del Puerto.

Al cierre de esta edición, el juez Chuyo continuaba explicando sus argumentos. Oviedo y su abogado Luis Iberico estuvieron presentes en la diligencia, que empezó después de las 7 de la noche.

El magistrado indicó, por ejemplo, que tal como está planteada la solicitud de la fiscalía, no se puede afirmar que Edwin Oviedo incurrió en el delito de cohecho.

De acuerdo a la tesis de Rocío Sánchez, fiscal contra el crimen organizado del Callao, el dirigente deportivo habría otorgado entradas VIP a distintos jueces –entre ellos el destituido César Hinostroza Pariachi– y congresistas “a cambio de protección judicial y política” en el caso de Los Wachiturros de Tumán, por el que el dirigente ya cumple una orden de prisión preventiva.

Sobre Hinostroza Pariachi, la fiscalía indica que Oviendo solventaba al ex magistrado con “dádivas y entradas” a partidos de fútbol, además de terapias en la federación y entregando dinero “a cambio de de beneficios”.

“De esta forma se habría valido de su posición en la FPF para buscar la expansión de la red, mantener hegemonía e impunidad”, relató el juez Chuyo, al leer los argumentos fiscales.

De acuerdo al testimonio del colaborador eficaz, el recluido empresario Antonio Camayo actuó como intermediario entre Oviedo y el ex juez Hinostroza.

En el caso de los legisladores, algunos fundamentos del Ministerio Público son el testimonio de un colaborador eficaz y un correo electrónico incautado durante el allanamiento a las oficinas de la FPF en la Videna (San Luis), donde se recogía una lista de los congresistas que votaron a favor y en contra de la derogación de la Ley de Fortalecimiento de la federación.

—Réplica—
Para la defensa de Edwin Oviedo, “no se cumplen los presupuestos de fundados y graves elementos de convicción” contra este. Indican, por ejemplo, que en el testimonio del colaborador hay contridicciones.

Señalan también que el dirigente deportivo tiene arraigo en el país y un trabajo estable. “Un asesoramiento no puede ser calificado como hecho delictivo”, destacaron nrespecto a la relación de Oviedo con Hinostroza Pariachi.

Asimismo, arguyen que el requerimiento fiscal no está bien sustentado y que hay “deficiencia en la imputación” de la fiscal Sánchez.