(Composición: Rolando Pinillos / El Comercio)
(Composición: Rolando Pinillos / El Comercio)
René Zubieta Pacco

Un fallo del Poder Judicial en segunda instancia ha determinado que el congresista de Alianza para el Progreso (APP), , sí es culpable del delito de peculado en agravio del Estado, específicamente de la Región Militar Sur, cometido a partir de la indebida apropiación y desvío de combustible cuando estuvo al frente de dicha institución como comandante general entre enero y agosto del 2006. El caso se conoce como ‘Gasolinazo’.

A continuación, algunas claves en base al texto de la resolución de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia.

—¿Qué se resolvió en primera instancia?—
El 27 de agosto del 2018, la Segunda Sala Penal Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Lima condenó a Edwin Donayre a cinco años y seis meses de prisión efectiva, al responsabilizarlo del delito de peculado.

Para dicho tribunal, estuvo probado que el hoy parlamentario —cuando estuvo al mando de la Región Militar Sur— “se apropió de combustible extraordinario asignado” a dicha entidad; “suscribió nueve oficios para justificar un trámite inexistente de solicitud de combustible extraordinario destinado” a dicha región militar; y creó actas de entrega y recepción para ocultar la apropiación del combustible”. Asimismo, se le responsabilizó de crear la “comisión de incineración” de vales de combustible del año en cuestión sin motivación legal ni autorización del Archivo General de la Nación.

—¿Qué planteó en el recurso de nulidad y en su defensa?—
El 12 de setiembre del 2018, la defensa legal de Donayre formalizó un recurso pretendiendo “la absolución de los cargos o, en su defecto, la reducción de la pena impuesta a cuatro años de privación de libertad”.

Entre los argumentos se señaló que Donayre no tenía como competencia administrar combustible; que un informe de la contraloría sobre el caso tuvo “violaciones al debido proceso”; que los oficios suscritos fueron para la “asignación normal de combustible”; que la reparación civil era arbitraria y que no se valoró la edad, la diabetes ni los problemas cardiológicos del procesado.

La resolución también se refiere a pruebas aportadas por los procesados. Entre ellas, Donayre refirió que no solicitó asignación excepcional de combustible y que de enero a agosto del 2006 no recibió incremento alguno, aunque manifestó que las dotaciones recibidas fueron de “completamiento”, puesto que —aseveró— la Región Militar Sur no había recibido el volumen que le correspondía ni fue tratada de forma equitativa respecto a lo que le correspondía. Para la sala, el “completamiento” responde a una “figura impropia”.

—¿Qué sostiene la sentencia de segunda instancia?—
A Donayre se le responsabiliza de distintos hechos, considerando que como comandante general de la Región Militar Sur le correspondía controlar la asignación de combustible. La sala señala que el hoy legislador “cursó varios oficios ex post [posteriores] para requerir más combustible”, los cuales fueron remitidos en un solo tiempo y para “cuadrar” documentalmente que se recibió lo que se utilizó, lo que no fue así, señala la resolución.

También se le responsabiliza porque “ordenó ex post la ‘regularización’ de documentos respecto de la cantidad y uso del combustible y obstaculizó la investigación del a Inspectoría General del Ejército”. Asimismo, “está probado que recibió combustible excepcional” y que “tal combustible fue parcialmente desviado”.

En otra parte de la resolución, se indica que su cargo implicaba que no sea ajeno a todo el proceso de asignación, recepción y distribución del combustible. Por ende, se determinó que “intervino en actos no solo de encubrimiento, falsedad documental, coacciones y falsificación de firmas —actos posteriores— sino propiamente de apropiación de combustible”, lo que estaba en condición de evitar.

(Captura)
(Captura)

—¿Cuál es ahora la sanción impuesta?—
Mientras en primera instancia se le condenó a 5 años y 6 meses de cárcel, la sentencia de segunda instancia conocida este lunes indica que no hay nulidad en cuanto a la condena por peculado contra Edwin Donayre, pero sí reformó la pena imponiendo ahora 5 años de prisión efectiva.

También se le impuso dos años y seis meses de inhabilitación. Y se ratificó la reparación civil que en forma solidaria Donayre y otros procesados deberán pagar: S/2’500.000.

Por el Caso 'Gasolinazo' hubo 10 sentenciados en primera instancia. En la segunda, tres de ellos fueron absueltos, levantándose sus órdenes de captura y toda medida de coerción dictada en su contra.