El Poder Judicial verá la próxima semana el recurso de nulidad presentado por Edwin Donayre, sentenciado a cinco años y seis meses de prisión. (Foto: Congreso)
El Poder Judicial verá la próxima semana el recurso de nulidad presentado por Edwin Donayre, sentenciado a cinco años y seis meses de prisión. (Foto: Congreso)
Redacción EC

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena en contra del congresista (Alianza para el Progreso) por el robo de gasolina en el Ejército. Sin embargo, el general EP en retiro estará en prisión por cinco años, seis meses menos que el fallo en primera instancia le impuso.

El ex presidente del Tribunal Constitucional (TC) Óscar Urviola explicó que la decisión de la Corte Suprema “no existe ningún obstáculo” para que el Congreso no proceda con el levantamiento de la inmunidad de arresto de Donayre.


“El desafuero debía haber ocurrido antes, pero lamentablemente parece que ha habido una actitud de protección que no ha permitido que se cumpla la sentencia que ya tenía dicta [en primera instancia] el Poder Judicial. En este momento no va a ser necesario ningún acuerdo, sino dar curso al requerimiento que tendrá que hacer el Poder Judicial”, dijo a Canal N.

Urviola precisó que el Parlamento no puede rechazar la solicitud de desafuero.

“No, no [puede rechazar pedido], dentro de la división de poderes el Congreso tiene que dar cumplimiento a lo que ha dispuesto el Poder Judicial”, subrayó.

Por su parte, el ex oficial mayor del Congreso José Elicé indicó que el procedimiento para levantar la inmunidad de arresto a Edwin Donayre “debe ser inmediato”.

“[La solicitud de levantamiento] debe pasar por la comisión, lo más importante es que el pleno, debe tomar una decisión. La inmunidad tiene dos partes, proceso y arresto, levantar esta última es necesaria para que el congresista Donayre cumpla con su sentencia”, remarcó.

¿Qué dice el reglamento del Congreso?
El artículo 16 del Reglamento del Congreso establece que la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria tiene que dictaminar en un plazo máximo de 15 días útiles, contados a partir del día siguiente de la presentación del congresista en la sesión en la que ejerció su defensa. Esta fecha límite, en la situación de Edwin Donayre, se cumple mañana.

Por esa razón, la congresista Luciana León, quien dirige el referido grupo, convocó a sesión para el martes a las 9 a.m.

El reglamento también indica que tras dos días hábiles de emitido el dictamen de la Comisión de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, el Consejo Directivo del Congreso debe incorporar a la agenda del pleno de la siguiente sesión su debate y votación, “la cual podrá realizarse en la misma sesión o a más tardar en la subsiguiente, a criterio del Presidente del Congreso”.

Si el informe sobre Donayre es aprobado mañana, a partir del viernes el pleno del Congreso puede analizar el documento.

El congresista aludido en la solicitud de levantamiento de fuero “tiene derecho a usar hasta 60 minutos en su defensa, en cualquier de las instancias”, así como recibir “oportunamente” el dictamen respectivo.

El levantamiento del fuero procede con los votos conformes de la mitad más uno del número legal de Congresistas. Es decir, 66 votos.

Elicé señaló que una vez que pleno apruebe levantar la inmunidad de arresto de Donayre, el Congreso debe iniciar los trámites para que su accesitario Luis Iberico jure como parlamentario.