Con los votos de Fuerza Popular, Avanza País, Renovación Popular, Alianza para el Progreso, Acción Popular y Podemos Perú, la Comisión de Constitución del Parlamento aprobó este martes por insistencia la norma que modifica la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos (26300) y que reafirma los límites para la convocatoria de un . Esta medida se adoptó cinco días de que .

El referido grupo de trabajo, que es dirigido por la parlamentaria fujimorista Patricia Juárez, rechazó las siete observaciones realizadas por el presidente Pedro Castillo. Por ejemplo, una de estas refería que el texto “restringe arbitrariamente el derecho a referéndum” previsto en el artículo 32 de la Constitución, al ampliar las restricciones para la convocatoria a consulta popular.

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La ley aprobada en el Congreso establece que el referéndum, cuando se trate de una reforma constitucional solo será procedente si se respeta el artículo 206 de la Carta Magna. Es decir, que cuente con el respaldo de la mayoría del hemiciclo.

Juárez precisó que la iniciativa no alcanza a la aprobación de normas ordinarias, ordenanzas municipales y materias relativas a la descentralización, como señaló Castillo Terrones en su observación.

“Esto evidencia dos posibles hechos: que el texto analizado por el presidente de la República es otro distinto al aprobado por el Parlamento, o simplemente se trata de una forzada interpretación que no tiene sustento alguno, y que muestra que no existe realmente motivo concreto alguno en el cual basarse para observar la autógrafa de ley”, refirió, al leer el predictamen.

(Foto: El Comercio)
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La Comisión de Constitución tampoco tomó en cuenta la posición del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), institución que se mostró en contra de que la convocatoria a referéndum sea realizada por el presidente de la República, como lo plantea la oposición en la modificación del artículo 44 de la Ley N°26300. La entidad electoral señaló que .

(Foto: El Comercio)
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Durante el debate, el congresista Waldemar Cerrón (Perú Libre) planteó una cuestión previa, a fin de que se cite al ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, para que explique el fondo de las observaciones realizadas por el jefe de Estado. No obstante, esta solo fue respaldada por la bancada oficialista y la de Juntos por el Perú.

Fuentes de El Comercio informaron que es muy probable que el viernes, cuando se realice una nueva sesión plenaria, se vote la insistencia.

(Foto: El Comercio)
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¿Y la recolección de firmas de Perú Libre?

El expresidente del Tribunal Constitucional afirmó, en diálogo con El Comercio, que, si el Parlamento termina por promulgar esta norma por insistencia, el proceso de recolección de firmas realizado por Perú Libre para llamar a una asamblea constituyente “quedaría trunco”, porque la ley precisa y desarrolla los alcances del artículo 206 de la Constitución.

“Ya en el 206 está [el límite, de que el Congreso es el único que aprueba reformas constitucionales], lo que está haciendo el Congreso es reiterar [en la Ley N° 26300] algo que ya estaba en la Constitución […] Lo más preocupante no es tanto el tema del referéndum, sino la posición que ha adoptado Vladimir Cerrón, quien es el líder de Perú Libre. Él ha dicho que esta ley cierra los caminos de la legalidad y de la paz, dejando entrever peligrosamente y de manera antidemocrática que existen otros caminos, que no son pacíficos ni dentro de la ley para cambiar la Constitución”, remarcó.

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García Toma indicó que el oficialismo nunca tuvo la opción real de llamar a una asamblea constituyente, a través de una consultar popular, porque la Constitución ya es clara en este punto.

“Lo que hace esta ley es repetir lo que está en la Carta Magna, y se da para evitar que la intransigencia política de un sector pueda resquebrajar la gobernabilidad”, complementó.

El abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi consideró que, si bien la Constitución limita las reformas constitucionales al Congreso, la Ley N°26300 “no era muy clara” en este aspecto.

“En base a esa falta de claridad, algunos utilizaron esta propuesta [de asamblea constituyente] como fuegos artificiales. Lo que hace el dictamen de la Comisión de Constitución es repetir lo que ya dice la Constitución”, expresó a este Diario.

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Rospigliosi dijo que cualquier ciudadano puede adquirir un kit electoral ante la ONPE, juntar el número de firmas necesario y presentar su proyecto de reforma constitucional. “El camino que este seguirá, es primero la Reniec, que revisa las firmas y luego va al Congreso, como un proyecto más, y ahí no va a prosperar, porque Perú Libre no tiene los votos”, remarcó.

Agregó que la posición del partido del lápiz, en el sentido, de que se podía instalar una asamblea constituyente a través de un referéndum sin la participación del Congreso “es una falsedad”, que les ha sido muy rentable desde el punto de vista político.

“Han ganado la campaña electoral, y en estos últimos meses les ha permitido hacer proselitismo político”, subrayó.

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El abogado constitucionalista explicó que los proyectos de ley ordinarios, como el de la devolución de los aportes al FONAVI, sí pueden ser sometidos a referéndum, si es que el fondo de la iniciativa ciudadana no es recogido por el Parlamento, al momento de su análisis.

El abogado constitucionalista Erick Urbina, al igual que García Toma y Rospigliosi, indicó que la modificación al artículo 40 de la Ley N°26300, por la cual insiste la Comisión de Constitución, “no hace más que reforzar” lo que ya establece la Carta Magna: que toda reforma constitucional debe pasar por el Parlamento.

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“Lo que sucedería con la recolección de firmas de Perú Libre es que al momento de que las presenten, estas podrían ser desestimadas de plano por el Jurado Nacional de Elecciones, no podrían convocar directamente a referéndum. Lo máximo que podrían conseguir es que se corra traslado al Congreso”, sostuvo.

Desde el Gobierno y el oficialismo rechazan norma

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Aníbal Torres, se mostró en contra de la insistencia aprobada por la Comisión de Constitución del Parlamento.

“El referéndum es un derecho fundamental de los ciudadanos para participar directamente, sin la intervención del Congreso, en la dación o reforma de la Constitución y la ley o formación de un acto administrativo. La democracia representativa no puede suprimir la democracia directa”, tuiteó.

El líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón, y el legislador Alex Paredes (Perú Libre) y la bancada de Juntos por el Perú también rechazaron la decisión de la Comisión de Constitución.

Más información

  • El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), a través de un acuerdo plenario del 7 de enero último, estableció que la modificación del artículo 40 de la Ley N°26300 que consiste en señalar de manera expresa que no procede un referéndum de reforma constitucional, si no cumple con lo establecido en el artículo 206 de la Carta Magna, no contraviene “la norma fundamental”.

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