(Foto: Demetrius Freeman/Bloomberg)
(Foto: Demetrius Freeman/Bloomberg)
/ Demetrius Freeman
Alicia Rojas Sánchez

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 resolvió que no hay mérito para que se aplique una sanción al presidente de la República, , por las declaraciones hechas durante una actividad oficial en la región Lambayeque. En aquella fecha, sugirió a la población a votar en estas por quienes propongan la eliminación de la inmunidad parlamentaria, entre otras razones.

De acuerdo con la resolución del JEE, no se ha configurado ninguna vulneración grave al principio de neutralidad por parte de Vizcarra.

“Se concluye que la actuación del Sr. Presidente en sus declaraciones si bien traducen afectación al principio de neutralidad por las razones antes reseñadas; empero, tal afectación no es de intensidad gravísima en sus consecuencias”, precisa la resolución. Además, sostienen que se trata, en todo caso, de una infracción leve al principio de neutralidad que no puede dar lugar a una sanción por la investidura del presidente.

“La norma constitucional exige en su artículo 117 que, para sancionarlo, deba este haber interferido de manera muy grave en el desarrollo del proceso electoral y en la formación del voto libre de los ciudadanos a tal punto de despojar de su carácter democrático a las elecciones”, agrega la resolución del JEE Lima Centro 1.

Sin embargo, el ente electoral recomendó al mandatario, en su condición de presidente de la República, respetar el principio de neutralidad en este proceso electoral.

Resolución del JEE sobre el caso de Martín Vizcarra
Resolución del JEE sobre el caso de Martín Vizcarra

El caso

En su visita a la región Lambayeque, el pasado 21 de diciembre del 2019, el presidente Vizcarra instó a la población a revisar los antecedentes y trayectoria de los candidatos de estas elecciones 2020, así como darle su voto a quienes, entre otras razones, propongan la eliminación de la inmunidad parlamentaria.

“Nosotros como gobierno nos mantenemos al margen de este proceso electoral […] Escojan bien y voten por candidatos que […] trabajen para combatir la corrupción, para eliminar la inmunidad parlamentaria y las desigualdades. Si les aseguran eso, voten por ellos y vamos a trabajar de la mano con ese Congreso para hacer los cambios que ustedes están pidiendo”, dijo en su visita oficial.

Luego de estas declaraciones, el 23 de diciembre de 2019, el candidato Diethell Columbus, formuló una denuncia contra Vizcarra Cornejo por la “vulneración del principio de neutralidad”. Sostuvo, en un escrito presentado el 26 de diciembre de 2019, que “la consigna del jefe de Estado es perjudicar a los partidos y candidatos que no comparten su agenda política, por ello es que ha instado a la ciudadanía que voten por aquellos que gozan de las simpatías del gobierno y que comparten su agenda política”.

Días después de que el JEE abriera un proceso contra el mandatario por estas declaraciones, este solicitó al organismo electoral archivar el expediente “al no existir infracción alguna al deber de neutralidad”. El presidente Vizcarra argumentó que sus declaraciones “buscan promover el voto informado, no favorecer ni perjudicar a ningún candidato/a u organización política”.

El documento con el que el JEE de Lima Centro abrió el proceso al presidente Vizcarra.
El documento con el que el JEE de Lima Centro abrió el proceso al presidente Vizcarra.

El reglamento

De acuerdo con el reglamento sobre propaganda electoral, publicidad estatal y neutralidad, las autoridades políticas o públicas incurren en una infracción al principio de neutralidad en elecciones cuando:

► Intervienen en el acto electoral para coactar, impedir o perturbar la libertad del sufragio, utilizando la influencia de su cargo o los medios de que estén provistas sus entidades.

► Practican actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato.

► Interfieren, bajo algún pretexto, en el normal funcionamiento de las mesas de sufragio.

► Imponen a personas que estén bajo su dependencia la afiliación a determinadas organizaciones políticas o el voto por cierto candidato, o hacer valer la influencia de sus cargos para coactar la libertad del sufragio.

► Forman parte de algún comité u organismo político o hacer propaganda a favor o campaña en contra de alguna organización política o candidato.

► Demoran los servicios de correo o de mensajería que transporten o transmitan elementos o comunicaciones oficiales referentes al proceso electoral.