Ricardo Burga es uno de los congresistas de Acción Popular. (Foto: GEC)
Ricardo Burga es uno de los congresistas de Acción Popular. (Foto: GEC)
/ JESUS SAUCEDO
Redacción EC

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 2 concluyó que el congresista de Acción Popular, , infringió la neutralidad electoral que se debe mantener durante la campaña al emitir opiniones en contra del Partido Morado en sus redes sociales.

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La resolución 00466-2021-JEE-LIC2/JNE determinó que le legislador incurrió en una infracción por difundir mensajes contra la organización política Partido Morado en imágenes y declaraciones que fueron compartidas en redes sociales como Twitter y Facebook en diciembre del 2020.

Los integrantes del JEE determinaron que el congresista no es candidato porque se encuentra impedido de tentar un puesto en el Poder Legislativo por ser una autoridad vigente, por lo que no corresponde a esta entidad sancionarlo por violar la neutralidad electoral.

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Sin embargo, sí valoraron que el Reglamento sobre Propaganda Electoral, Publicidad Estatal y Neutralidad en Periodo Electoral establece que una autoridad puede cometer falta por “practicar actos de cualquier naturaleza que favorezcan o perjudiquen a determinada organización política o candidato”.

Ricardo Burga incurrió en falta contra la neutralidad por sus publicaciones, según el JEE Lima Centro 2.
Ricardo Burga incurrió en falta contra la neutralidad por sus publicaciones, según el JEE Lima Centro 2.

Tras considerar como válido el informe que remitió el área de Fiscalización del mencionado jurado electoral especial, el cual incluyó las publicaciones que consideró que incurrieron en la falta, concluyeron que el congresista infringió la neutralidad que deben mantener las autoridades durante la campaña previa a un proceso electoral.

Ricardo Burga incurrió en falta contra la neutralidad por sus publicaciones, según el JEE Lima Centro 2.
Ricardo Burga incurrió en falta contra la neutralidad por sus publicaciones, según el JEE Lima Centro 2.

Por esto, el JEE Lima Centro 2 dispuso que se remita todo lo actuado al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al mismo Congreso de la República para que procedan “conforme a sus atribuciones”.

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