Democracia Directa, que postuló a Gregorio Santos, obtuvo 5,15% de votos válidos en el Parlamento Andino. ¿Pasó la valla electoral? (El Comercio / Dante Piaggio)
Democracia Directa, que postuló a Gregorio Santos, obtuvo 5,15% de votos válidos en el Parlamento Andino. ¿Pasó la valla electoral? (El Comercio / Dante Piaggio)

La aplicacin de la valla electoral en las elecciones del pasado 10 de abril ha trado consigo ms de una polmica. La ley establece que los partidos que no logren obtener 6 congresistas en ms de una circunscripcin u obtengan menos del 5% de los votos vlidos en todo el pas perderan su inscripcin ante el Registro de Organizaciones Polticas (ROP).

El presidente del partido Democracia Directa Andrs Alcntara, agrupacin que postul al encarcelado Gregorio Santos en las ltimas elecciones presidenciales, seal que habran pasado la valla electoral al obtener el 5,15% de los votos vlidos en el Parlamento Andino, pues considera que esta es una eleccin nacional. Y que, por tanto, adems, les correspondera que sus candidatos en la eleccin congresal que fueron elegidos en sus circunscripciones puedan acceder a un puesto de representacin.

Para el experto en derecho electoral Diethell Columbus, Democracia Directa puede conservar su inscripcin, aunque eso no significa que obtenga representantes en el Congreso. La normativa seala que para conservar la inscripcin se tienen dos caminos: o sacar 6 congresistas en ms de una circunscripcin u obtener ms del 5% de los votos a nivel nacional. Por tanto, al ser la eleccin al Parlamento Andino una a nivel nacional, Democracia Directa podra conservar su inscripcin.

Agreg que las barreras de representacin parlamentaria son distintas a las que se exige para conservar la inscripcin. Si uno no saca ms del 5% de votos en la eleccin al Congreso o ms de 6 escaos en distintas jurisdicciones, no obtiene representacin. Pero si uno saca ms del 5% en una eleccin nacional, puede conservar su inscripcin.

Por el contrario, Gerardo Tvara, secretario general de Transparencia, discrepa de esta interpretacin y considera que se debe tomar en cuenta solo la votacin en la eleccin al Congreso de la Repblica cuando se habla de eleccin nacional. La Ley de Partidos se debe interpretar conjuntamente con la Ley Orgnica de Elecciones (LOE) que en su artculo 20 establece que esta votacin hace referencia a la eleccin al Congreso, sostuvo.

Asimismo, agreg que de otro modo la normativa perdera coherencia. No podemos tomar diferentes elecciones, la que ms me convenga, dijo. Hay que recordar, adems, que el artculo 87 de la LOE se menciona que Los partidos polticos que no hayan obtenido representacin parlamentaria mantendrn vigencia temporalmente por espacio de un (1) ao, al vencimiento del cual se cancelar su inscripcin.

Fernando Tuesta, experto en temas electorales, desde su cuenta de Facebook, considera como grave error interpretar que Democracia Directa habra pasado la valla electoral y obtener representantes. Sostuvo que en el Parlamento Andino hay solo 5 escaos en disputa. Es absurdo tener una valla electoral legal de un 5% si para conseguir un escao se necesitara mucho ms que ese porcentaje. Con mayor razn si el objetivo de la valla electoral, es acotar el nmero de partidos y, en lo posible, combatir el fraccionamiento. Tuesta considero que, si bien haciendo una interpretacin extensiva del artculo 13 se podra conservar la inscripcin, de ninguna manera se podran obtener representantes en el Congreso.

El experto Jos Manuel Villalobos coincide con Columbus en considerar que Democracia Directa conservara su inscripcin. La norma no especifica qu eleccin se trata, por tanto, al ser una sancin esta debera ser expresa, sostuvo. Agreg, adems, que el reglamento del Registro de Organizaciones Polticas (ROP) menciona en su artculo 80 que la forma de clculo del porcentaje de votos vlidos para cancelar la inscripcin, se efectuar tomando en consideracin el total de votos vlidos para la eleccin de presidente, Congresistas y sucesivamente representantes al Parlamento Andino.

Dijo que adems que a pesar de que el artculo 20 de la LOE hable de la eleccin congresal, esta solo es aplicable para la distribucin de escaos. Est hablando solo de quienes acceden a la cifra repartidora, mencion. Agreg que, incluso, la ley de partidos es posterior y especial y por tanto se aplica primero en todo lo que respecta a la regulacin de partidos.

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