El ciudadano que no pague su multa no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil, no podrá intervenir en procesos judiciales o administrativos, entre otros trámites con el Estado. (Foto referencial: Andina)
El ciudadano que no pague su multa no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil, no podrá intervenir en procesos judiciales o administrativos, entre otros trámites con el Estado. (Foto referencial: Andina)
Redacción EC

El domingo 11 de abril se llevarán a cabo las . En estos comicios los electores menores de 70 años que no acudan a votar, los miembros de mesa que no cumplan con su deber cívico y hasta los ciudadanos que rechacen reemplazar a un miembro de mesa ausente recibirán multas. ¿Cómo puede saber un elector si debe multas electorales al Estado?

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) habilitó en la que cualquier ciudadano mayor de edad podrá verificar si debe o no multas de carácter electoral. Para hacerlo, tendrá que escribir su número de DNI y el código que figura en la parte inferior. Posteriormente, deberá dar clic al botón ‘Consultar’ y, tras una breve carga, podrá comprobar si tiene una multa por pagar o no.

Según la legislación electoral vigente, el monto de las multas electorales por no votar varía según el lugar en dónde se ubique la vivienda del elector. En esa línea, según la clasificación que hace el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el ciudadano puede vivir en un distrito “no pobre”, “pobre” o “pobre extremo”.

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En esa línea, las multas son las siguientes:

  • S/88 si no votas y vives en un distrito clasificado “no pobre”
  • S/44 si no votas y reside en un distrito clasificado “pobre”
  • S/22 si no votas y vives en un distrito clasificado “pobre extremo”

En caso el elector sea designado miembro de mesa y no acuda, deberá pagar S/220. En caso falte un miembro de mesa y se niegue a reemplazarlo, la persona también recibirá una multa de S/220.

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El ciudadano que no pague su multa no podrá inscribir cualquier acto relacionado con su estado civil, se le impedirá intervenir en procesos judiciales o administrativos, no estará facultado a realizar ningún acto notarial, no podrá suscribir un contrato, no podrá ser designado funcionario público, no podrá tramitar un brevete y no podrá inscribirse en ningún programa social.

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